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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #537553  por DraNa
 
Hola amigos foristas: vengo con una consultita...no me dedico a laboral y me surgieron dudas...

Los empleados de una SA que cerro sus puertas han iniciado demanda contra la sociedad unicamente. Han obtenido sentencias donde ésta fue condenada (rebeldia). Alli se planteo una critica fuerte a la administracion pero no se produjeron pruebas y ni se amplio la demanda a los socios y directores, no se les dio intervencion.

paralelamente, en un proceso independiente, inician accion (por identico reclamo laboral, identicas planillas) contra los socios y/o directores de esa SA basandose en los arts 54, 59 y 274 LSC. Para la fecha en que notifican esta ultima demanda ya los anteriores reclamos contra la sociedad tienen sentencias condenatorias.

es correcto iniciar un reclamo asi por separado?? pense plantear cosa juzgada pero como mis clientes no fueron parte en los anteriores ... ademas la sentencia es totalmente en contra de la sociedad ... no se si me conviene...
sobre todo porque con el resto de las defensas que tengo para plantear creo que no van a haber inconvenientes, lo que buscaba era liquidar el tema de entrada...
que idea me tiran....?? muchas gracias
 #537734  por Romina34
 
cosa juzgada me parece que no, porque tus clientes (como bien decis) no fueron demandados en el juicio contra SA. seguramente que ahora los empleados irán por la extensión de la responsabilidad contra las socios/directores.. entiendo que deberán transitar toda la instancia.
espera otras opiniones de todos modos.
saludos,
 #537747  por maesap
 
Yo plantearia falta de legitimacion pasiva. Igualmente es logico q quieran hacer extensiva la sentencia. Busca jurisprudencia donde no hayan dado lugar a la extension de la responsabilidad y basate en ellos.
 #538344  por DraNa
 
muchisimas gracias antes que nada.
Es cierto, falta delegitimación pasiva va sin dudarlo.

Lo raro, y que "no me cierra" es que hicieron las dos cosas por separado, y en paralelo. reclamaron el todo a la sociedad y al mismo tiempo reclamaron el todo a los socios (todo por separado), pero iniciaron esta demanda ANTES de que la sociedad resulte condenada... nada mas que dejo "durmiendo" el expediente contra los socios (aprovechando que no hay caducidad en lo laboral) y le da impulso ahora que tiene la sentencia contra la sociedad...
como dos autitos de carrera... largan juntos y a uno lo detiene (aprovechando la ausencia de caducidad de instancia enlo labora) hasta que el otro llega a la linea... es muy piola eso... porque demoro 4 años y medio en notificar a los socios...

El otro tema es que la sociedad no era del todo insolvente... y algo habran cobrado pero no me redujeron el importe ni denunciaron los cobros.... ya que presentaron las mismas planillas en todos los juicios... por lo que puede darse, por un lado que ahora fallen sobre las mismas planillas de nuevo.

bueno cualquier otro aporte se los agradezco, sino despues les cotare como me fue... muchas gracias de nuevo!!
 #538488  por albrecht
 
Me parece que tenes cosa juzgada o en su defecto litis pendencia hasta el efectivo pago realizado por la sociedad, mas alla que la persona demandada no sea la misma, el hecho generador es el mismo y si condenan a los socios habria eriqucimiento sin causa. Esto es parecido a lo que pasa con las art. y los seguros particulares en cuanto en un accidente lo que pague cualquiera de las compañias se reduce del monto a reclamar en la siguiente, en este caso se me ocurre pensar que si te demandan por pesos x, y la sociedad paga una parte, la demanda contra los socios prosperaria por el resto y no por todo, podrias plantar plus peticion inexcusable o las sanciones de litigante malicioso (Pcia. de Cba) en cuanto dilatan el proceso inexcusablemente, se me ocurre. Espero que la opinion dada no este muy errada, y te sirva.
 #538813  por ggoldfrois
 
probablemente metieron la demanda contra la sociedad y luego al abogado se el ocurrio extender la responsabilidad contra los socios, administradores etc, como el proceso estaba muy avanzado lo metio aparte para no frenarlo. La sentencia contra la sociedad ataca el patrimonio de esta; la demanda contra los socios, etc busca atacar sus patrimonios personales. Los abogados laboralistas estamos peleeando mucho para extender la responsabilidad y se habla mucho de tema, sugiero que busques jurisprudencia de la Corte que todavia esta tibia en el tema. suerte.
 #539236  por JoMarch
 
ESOS PROCESOS MAS QUE PARALELOS SON CONEXOS POR CONEXIDAD OBJETIVA, SON LOS MISMOS HECHOS.
Y LA CONEXIDAD HAY QUE PONERLA DE MANIFIESTO, IMAGINATE QUE SE TRAMITE TODO Y DICTEN SENTENCIA DICIENDO QUE LOS HECHOS NO EXISTIERON Y EN EL OTRO EXPTE SE DICTA SENTENCIA QUE LOS HECHOS OCURRIERON
 #539294  por maesap
 
Tal cual, la extensión de la responsabilidad hacia los socios lo es con el limite del credito. Si a mi me corresponen $ 5.000 porq me despidio la sociedad, y esta no me paga, o me paga algo, reclamo el resto contra los socios, pero no le reclamo $ 5000 a cada uno porq seria enriquecimiento sin causa cuando no una estafa.
Deja planteado obviamente q existe otro juicio con sentencia definitiva por el mismo hecho. Fijate si no corre la cosa juzgada. (yo pense q lo q te habian planteado era solo extender los efectos de la sentencia a los socios, cosa q se hace y es muy comun). Un proceso nuevo no tendria sentido.
 #541218  por DraNa
 
hola a todos, muchisimas gracias por sus aportes, hice de todo un poco, espero no haber sido demasiado tibia con algunas cosas, opuse falta de legitimacion pasiva y prescripcion ( que es a lo que mas fe le tengo por lacantidad de defensas que tengo por como se dieron las cosas con mis clientes) y sin oponer cosa juzgada, deje expresado que se tenga en cuenta la existencia de sentencias anteriores (pero que por ser de condena no me son oponibles) y que no han denunciado ni deducido lo cobrado anteriormente. Yo estaba por irme en contra del abogado porque realmente las maniobras que se mando en este proceso son de terror, ademas de que con anterioridad habia amenazado a mis clientes (por cd) con ir a los medios . De terror, pero tantos colegas me recomendaron no hacerlo que arrugue y ya me estoy arrepintiendo jeje ..
bueno les cuento despues como me fue... Pero bueno la idea era sacar el tema lo mas limpianmente posible sin generar tantas costas por incidentes, porque asi como esta planteado y lo veo yo, hasta habria una incompetencia material (para mi es comercial) porque lo que se discute ya no eran los creditos laborales, sino unicamente la responsabilidad de socios y directores y para mi son competentes los comercialees... es una idea
pd jurisprudebcia puse todas las de la corte (carballo, palomeqyue, tazzoli, y hasta las ultimas de voto en disidencia de Lorenzetti... funes, bresciani, davedere) si las necesitan me avisan

Muchas gracias de nuevo...
 #541228  por MORGAN
 
Creo que no hay litispendencia y no corresponde te corresponde la cosa juzgada ambos institutos que puede hacer uso el que fue parte.
Lo primero que uno mira es la prescripción de la acción, fundamental, luego la falta de legitimación pasiva o falta de acción.