federic0 escribió:Paris escribió:Respecto de los alimentos, son debidos hasta los 21 años.
La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en artículo 267, se extiende hasta la edad de veintiún años, salvo que el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo
Ley 26.579
Esto va a dar lugar a discusiones interminables porque siempre (a menos que se trate de hijos discapacitados) los los mayores que van de los 18 a los 21 están en condiciones de proveerse los alimentos por sí mismos porque pueden trabajar desde los 14. Entonces los padres querrán eximirse de su obligación argumentando que el hijo no es que no puede proveerse los alimentos sino que no quiere (porque es vago, no busca trabajo, es cómodo mantenerse en la situación de alimentado, etc.). Habrá que ver qué dice la jurisprudencia, yo entiendo que a lo que se refiere la ley cuando dice "recursos suficientes para proveérselos por sí mismo" es a una situación económica holgada del hijo ya sea porque tiene una profesión que desarrolló tempranamente (ej: jugador de futbol, un cantante famoso, etc) o porque cuenta con el dinero por tratarse de bienes propios (ejemplo un menor que recibe una herencia y llega a la mayoría de edad). Sería casos excepcionales. De lo contrario lo que la ley fomentaría es que la franja que va de los 18 a los 21 años opte por no trabajar para no perder el derecho al alimento.