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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #538338  por docsil
 
Mi clienta inicio el juicio por alimentos en el 2007 y tuvo sentencia en el 2009. Mientras tanto el padre estuvo pagando el mínimo. Ahora tengo que hacer el recalculo por la diferencia desde el 2007 hasta hoy ya que se lo condenó a pasar el 25% de su sueldo.
Que interés se aplica??? Cuanto le cobro por presentarme (es Provincia - Moron) y recalcular la deuda por la diferencia.
Además si no le pasa ahora los alimentos pudo pedir el embargo de sueldo??? lo tengo que iniciar por incidente??? por esto cuanto le cobro???
Gracias!!
 #538374  por kantaclaro
 
La cuota alimentaria adeudada se actualiza mediante la aplicación de la tasa activa que fija el bco. provincia (en la pag del CASM encontrarás el "liquidaciones" una tabla que te permite el cálculo automático).
Los honorarios pueden ser el valor de 2 cuotas. Denunciás incumplimiento y presentás la liquidación en el expte. donde se fijó y luego pedís embargo si no paga. Saludos
 #538400  por docsil
 
Mil gracias!!! yo no hice el juicio solo me tengo que presentar ahora para el calculo de la nueva liquidación. Igual esta bien 2 cuotas cobrarle?
 #539024  por kantaclaro
 
Entonces sería de la idea de cobrar entre el 15 y el 20% de la liquidación que resulte. Saludos