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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #537486  por TonyTa
 
Estimados!
Consulta!
Inicié un Alimentos, y en la demanda le agregué un párrafo por el régimen de visitas y otro por la tenencia.
El juez, en el primer proveido, me dice que debo iniciar otro expediente, CON INTERVENCION DEL C.I.J???? Es el Cuerpo interdisciplinario??
Otra pregunta, antes de darle el traslado de la demanda, me conviene iniciar conforme art. 87 CPCCN acumulación de acciones demanda por el regimen de visitas y tenencia, o le doy traslado de la demanda al alimentante y luego inicio el otro????
Mil gracias por la ayuda, es el 1º!!!
 #538375  por Pato272727
 
Centro de Informatica Judicial (CIJ) es donde se sortean los expedientes nuevos(lavalle 1220 1piso) y te dan la caratula. Te esta diciendo que no podes acumular alimentos con tenencia, por eso de que son proceso distintos. Alimentos es proceso especial (regido por arts. 638 y ss) y tenencia es juicio ordinario (o información sumaria en algun caso) pero no es el mismo tipo de proceso y por eso no podes acumularlos.