hola colegas! tengo una duda en un caso nuevo de alimentos .. mi clienta se divorcio con un acuerdo de alimentos homologado que el demandado jamas cumplio.- La abogada que tenia presento en el año 2006 una liquidacion por alimentos atrasados de la cual corrio traslado, y luego se ordeno se trabe embargo sobre sus bienes.- La abogada retiro el mandamiento de embargo pero JAMAS lo diligencio! Se presenta el demandado solicitando la nulidad de todo lo actuado por no haberle adjuntado a la cedula la liquidacion (lo cual es cierto).. luego EL EXPEDIENTE JAMAS SE MOVIO. Estoy preparando mi presentacion y efectuando nueva liquidacion por los ultimos 5 anos pero me surgio la duda si puedo agregar la liquidacion que efectuo la abogada anterior actualizada dado que en realidad el reclamo fue hecho y el demandado nunca corrio traslado del pedido de nulidad de notificacion ... esos alimentos tambien estarian prescriptos??? muchas muchas muchas gracias!!!!!
Los alimentos lamentablemente prescriben a los 5 años... si pedis los anteriores seguramente no te lo hagan a lugar porque se supone que su fundamento filosófico es que son para cubrir una necesidad actual.
Es mi humilde opinión.