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  • ¿ACCIDENTE IN ITÍNERE? Dígame: ¿q les parece?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #538803  por marcelasarrible
 
¿Qué libro tendría que comprarme para ESTUDIAR BIEN EL TEMA Y PREPARAR URGENTE UNA LIQUIDACION de indemnización por: ...¿ACCIDENTE DE TRABAJO "IN ITÍNERE"??? en el que el trabajador sufrió de STRES POST TRAUMÁTICO como consecuencia de un ASALTO CON ARMA DE FUEGO del que fue víctima (robo) cuando se dirigia a su lugar de trabajo y por el que QUEDO CON una INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE DE APROX UN 40 % DE LA TOTAL OBRERA, todo SEGÚN EL CERTIFICADO MÉDICO extendido en abril 2010 por la PSIQUIATRA QUE LO ATENDIÓ (por la obra social) y otras constancias médicas de junio 2009, (d unos días desp del asalto) donde se lo derivaba al área psiquiatría y se le prescribía medicación y REPOSO.(Aclaro bien el caso: el hombre trabajaba p una empresa de seguridad privada. Cuando lo asaltaron camino al trabajo, fue “shockeado” a hacer la denuncia a la policía y un oficial llamó a la empresa avisando lo que le había ocurrido al hombre. Unos 9 dias después manda fax a la empresa con las constancias medicas de que se lo derivaba a psiquiatría y prescripción de medicación psiquiátrica y reposo. Él incluso se acercó personalmente a la empresa a entregar la denuncia de robo, dándosela a un empleado (le habían robado dinero del sueldo y ropa de trabajo) pero –como no estaba bien- no se hizo firmar ning constancia de dicha entrega. La empresa no quiso darse por notificada de nada de esto y –por los días q faltó- le manda un 1er telegrama intimándolo a reintegrase a sus labores bajo apercib de considerarlo incurso en la causal de abandono de trabajo y despedirlo con justa causa. Él no contestó esa 1er intimación (no supo qué hacer, y seguía muy turbado en su casa y saliendo solo p/ que lo viera la psiquiatra). Mi cliente estaba (y está) bajo tratamiento psiquiátrico. Aclaro que le comunican luego, que estaba despedido con un 2do telegr q le envían, (y q él contestó pero “sin asist letrada”). Por este 2do telegr le dicen que "...por continuar ausente sin justificacion de ning naturaleza dsd 22/6/09, no habiendo retomado tareas ni justificado inasistencias pese a la intimacion del dia 25/6, "hacemos efectivo el apercibim q oportunam se le comunicara y consideramos a ud. incurso en abandono de trabjo art. 244 LCT a partir del dia de la fecha; liquidacion final a su disposic a partir del 10/7 en su lugar de cobro habitual; certificados art. 80 LCT en término legal . El hombre, sin asistencia letrada contesto: "Rechazo cart dcto....por malicia y abandono de persona. Continúo tratamiento psiquiatrico" y firmó. A éste le contestaron ratificándole la extinción del vinc lab por abandono de trabjo art. 244 L.C.T. riterándole que "....se lo encontró ausente sin justif dsd 22/6/2009..." lo que motivo la intimac del 25/6 a retomar tareas "...a la q jamás dio cumplim ni justifico sus inasist, rechazando por no constarnos el supuesto tratam que tardíamente refiere..." Le dicen además que las circunst que él indica(trat. psiquiatr) "no les constan" (aunque mi cliente mandó fax para comunicarlo a su empresa y un policia se comunicó tamb con ésta el dia del robo, mientras le tomaban la denuncia, ya que lo vieron muy perturbado) y le dicen entonces, que "las circunstancias que extemporaneamente indica” no les constan, “son carentes de sustento y efecto alguno e inoficiosas”. Él a ésto contesta (por 1ra vz con asist letrada) ; en líneas grals: rechaza caus de desp invocada, niega abandono de trab, dice q las “ausencias invocadas por la empleadora fueron oportunamente justificadas mediante certificaciones ante personal depnd de la empresa” (refiriéndose a los fax) y que "como es de su absoluto conocim padezco de patologia derivada de infortunio laboral" ...y que ante grave injuria, desp arbitr sin just causa, intima pago de remunerac pendients e indemniz conf ley, bjo apercib de iniciar acc legls. La empleadora (siempre en julio del 2009) le negó por otro telegr todo ésto, aduce no constarle tal patologia, ni el infortunio que él adujo haber sufrido., insiste en que él no retomó tareas cdo lo intimaron ni justificó sus inasist. y rechazan q haya aportado "certificaciones" ni nada que justificara sus inasistencias. Luego, en el mes de OCTUBRE ("3 meses desp", ya que no andaba bien p/venir al estudio) envia este hombre, ( con mi asist letrada), otra carta doc en la q 1ro que nada, niega porsupuesto todo lo que le dicen en la anterior, y explica detalladamente (para que no queden dudas) todo lo sucedido a partir del dia en que lo asaltaron, y dice que él avisó de su siniestro a la empresa "el mismo dia en que lo asaltaron" , y que lo hizo atraves de UN LLAMADO TELEFONICO QUE HIZO UN POLICIA A LA EMPRESA Y, tamb a traves luego, D VARIOS FAX (del que, -les cuento- que tiene constancia de envío de uno solo de ellos) que envió a la empresa,(ESOS FAXS) donde constan el diagonostico de la patologia que sufrió, la prescripc de reposo hasta alta medica y la derivacion al area de pqiquiatria; por lo que dice que ".....las inasist por uds alegadas en sus anteriores, estuvieron justificadas"; dice q continua con el reposo y tratm psiquiatrico prescripto por los médicos, y q ante la negligencia d su empresa en comunicar a la ART oportunam el infortunio sufrido, atento a la "grave situación de desamparo en la que me encuentro..." dice que lo comunicó el dia anterior al envio de esta, por cart doc él a la ART, detallando todo lo sucedido desde la fcha del "accidente in itinere" (asi lo consideré yo), como asi tamb comunicó la falta de asistencia recibida por la empleadora.(ya q ésta debió haberlo comunicado cuando recibió los fax, ¿no? ). Luego reitera que va a iniciar acc legales por desp sin justa causa y accid de trabjo. A esta CD contesta la empresa: rechazando y negando puntualmente todo, y ratificando las anteriors. Insisten en que no les consta todo lo que él refiere y que " TODAS SUS MISIVAS SON POSTERIORES A LA EXTINS DEL VINCULO LABORAL Q OPORTUNAM SE LE NOTIFICARA. SIN PERJUICIO DE ELLO Y SIN Q IMPLIQ RECONOC DE NAT ALGUNA, PROCEDEREMOS A DENUNCIAR EL SUPUESTO SINIESTRO Y SUPUESTA DOLENCIA ANTE LA ART A EFCTOS DE CUMPLIR LAS FORMALIDADES LEGALES VIGENTES, DESTACANDO QUE LA MISIVA QUE SE RESPONDE ES LA PRIMERA Y UNICA COMUNICACION QUE HA REALIZADO AL RESPECTO POR LO QUE MAL PUEDE ENDILGAR A LA EMPRESA SUPUESTA SITUACION DE DESAMPARO..." Le reiteran que "...JAMAS COMUNICO EN FORMA OPORTUNA EL SUPUESTO SINIESTRO Y SUPUESTA DOLENCIA Q REFIERE A LOS EFECTOS DE LA APLICACION DE LA ART..." luego consideran "DEFINITIVAMENTE FINALIZADO EL PRESENTE INTERCAMBIO POSTAL".
Bueno, les cuento que COMO TIENE UN MUY BUEN INFORME MEDICO DE SU PSIQUIATRA (q recién ahora se lo confeccionó a mi pedido) pienso q podría llegar a prosperar algo…No? Que dicen ustedes con más experiencia en el tema??? Tengo pensado preparar una liquidación y ver qué pasa en el SECLO pero NECESITO SABER CÓMO PREPARARLA??. ¿De dónde estudio el tema p/ hacer los cálculos de lo que le correspondería de indemniz por accidente in itinere (como considero que es) ya que CUENTO CON UN BUEN INFORME HECHO POR LA PSIQUIATRA QUE LO ATENDIO DESDE LA PRIMERA VEZ AL HOMBRE , DONDE DICE QUE “…ACTUALMENTE PADECE UN ESTADO DE STRESS POST TRAUMATICO CRONIFICADO (no se qué sign?) CON PRONOSTICO RESERVADO…”. Tamb dice la medicación que se le prescribió apartir del asalto y que actualmente no la consume por falta de medios económicos. Dice que “…DEBE CONTINUAR BAJO TRATAMIENTO PSIQUIATRICO Y PSICOTERAPEUTICO PROLONGADO”. Y que “no existen en este centro médico, constancia de atenciones anteriores al hecho, por esta especialidad”. “INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DE ALREDEDOR DE UN 40 % DE LA TOTAL OBRERA” (según dice el sello , esta psiquiatra trabaja también para una comisión médica policial, por eso le puso el porcentaje de incapac y utilizó la expresión “total obrera”)
¿Dónde estudio o cómo me informo adecuadamente para hacerle a este hombre la liquidación, e ir al SECLO para ver que pasa? ¿Tiene posibilidades de que sea viable en sede laboral su reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo? Cómo lo calculo? MUCHISIMAS GRACIAS.
TIENE UNA INCAPAC PARCIAL PERMANENTE DEL “40 % DE LA TOTAL OBRERA”




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