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  • Sentencia de la Corte (2009)

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 #538958  por mmoreno
 
Diganme si no les parece ridícula esta sentencia, capáz la conozcan, quizás estén de acuerdo yo estoy en total desacuerdo, ojalá alguno se tome el trabajo de leerla.

http://www.jus.mendoza.gov.ar/bibliotec ... 201009.php

Yo creo que en ese sentido tampoco no será válida la prueba y por consiguiente toda la investigación posterior si por ejemplo: a alguien a quien lo detienen para practicarle un test de alcoholemia (a quién le da negativo), se baja y exhibe su pantaón con manchas de sangre, la policía conforme al art.230 bis del CPPN se dispone a requisar el vehiculo dónde encuentra 3 personas descuartizadas en su baúl.

Según esta Corte "la inexistencia de fundamentos para proceder en el modo cuestionado no puede
legitimarse por el resultado obtenido pues, obviamente, las razones justificantes del proceder
policial deben existir en el momento en que se lleva a cabo la medida." (cons.19).. es decir si le dio negativo el test, no habría fundamentos para pedirle que se baje de su vehículo y para luego de "exhibir" su pantalón con sangre, proceder a la requisa.

Personalmente creo que a esto se refieren muchos medios cuando hablan de HIPERGARANTISTAS, a simples técnicismos basados en la CN que no hacen a la cuestión y que aunque se compruebe fehacientemente la autoría de un crimen, la CSJN "no le queda otra que absolver".