Hola colegas: un hombre muere antes de la sentencia del juicio que inicio por reajuste. Salio la sentencia con fecha 2006. Yo ya hice la declaratoria de herederos, informe al anses de villa maria cordoba que los fondos de esa sentencia deben depositarse a nombre de esos autos y para el unico heredero que existe. Eso ya hace mas de dos años, el anses me informa que el expediente esta para la liquidacion en UCADEP, habiendo transcurrido mas de 120 dias para su liquidacion, yo pedi al juez de la declaratoria embargo sobre las cuentas del anses de aca de villa maría, atento al monto de la sentencia segun ley 26153, pero no me dio lugar me dijo que ocurra por la via que corresponda. Atento a ello quiero librar oficio a la ucadep para constituirla en mora a los fines de que liquide la sentencia, y dé aunque sea fecha de pago. LO QUE NO SE SI ESE OFICIO VA DIRECTAMENTE A LA UCADEP O TENGO QUE HACERLO VIA EXHORTO. SI ES ASI ALGUN COLEGA DE CAPITAL QUE ME DE SUS DATOS ASI ME COMUNICO Y LO DILIGENCIA. DESDE YA MUCHAS GRACIAS ESPERO QUE ME PUEDAN AYUDAR. BESOS
Prinsimon escribió:Hola colegas: un hombre muere antes de la sentencia del juicio que inicio por reajuste. Salio la sentencia con fecha 2006. Yo ya hice la declaratoria de herederos, informe al anses de villa maria cordoba que los fondos de esa sentencia deben depositarse a nombre de esos autos y para el unico heredero que existe. Eso ya hace mas de dos años, el anses me informa que el expediente esta para la liquidacion en UCADEP, habiendo transcurrido mas de 120 dias para su liquidacion, yo pedi al juez de la declaratoria embargo sobre las cuentas del anses de aca de villa maría, atento al monto de la sentencia segun ley 26153, pero no me dio lugar me dijo que ocurra por la via que corresponda. Atento a ello quiero librar oficio a la ucadep para constituirla en mora a los fines de que liquide la sentencia, y dé aunque sea fecha de pago. LO QUE NO SE SI ESE OFICIO VA DIRECTAMENTE A LA UCADEP O TENGO QUE HACERLO VIA EXHORTO. SI ES ASI ALGUN COLEGA DE CAPITAL QUE ME DE SUS DATOS ASI ME COMUNICO Y LO DILIGENCIA. DESDE YA MUCHAS GRACIAS ESPERO QUE ME PUEDAN AYUDAR. BESOS
Varios temas.
1.-El domicilio de la demandada es PASEO COLON 329, 7mo piso, por lo que TODA NOTIFICACION debe dirigirse alli. No importa donde se encuentre el exte admi. ni en que estado se encuentre. SOLO NOTIFICA POR OFICIO ALLI y en caracter de reiteratorio.
2.-La duda sustancial es que hacemos con el exte. principal del reajuste.
Infiero que NO hay pension derivada.
En la sucesión no vas a poder solicitar nada mas que la remisión de los fondos y como siempre tendremos que esperar a que liquiden.
Saludos
