Hola amigos! todavia no entiendo como se calculan las vacaciones frente a la extincion del contrato.
Veo los libros, otros post, pero tengo muchas dudas cuando voy al caso concreto. y creo que le pifio desde la intimacion.
1) el periodo no prescripto - de 2 años - rige para vacaciones? Creo que no! no? ya que por lo que se vacaciones no gozadas, perdidas! o eso es estando vigente la relacion y una vez extinguida lo puedo reclamar!?
2) Que pasa cuando la relacion se extingue vencido el plazo para tomarlas 31/5 (en mi caso distracto el 22/06/09 - Antiguedad 2 años).
a) Se calculan 14 dias por el periodo 2008/2009?
b) Ya se vencio el plazo para tomarme 2008, entonces en vez de 14 (por el 2008 que los perdi) tomo el proporcional 2009, en este caso desde cuando cuento los dias del año trabajado?
3) A la indemnizacion se adiciona SAC?
Creo que hay una pauta basica que me estoy comiendo y confundo todo!!!
MIL GRACIAS COLEGAS!!!!
Veo los libros, otros post, pero tengo muchas dudas cuando voy al caso concreto. y creo que le pifio desde la intimacion.
1) el periodo no prescripto - de 2 años - rige para vacaciones? Creo que no! no? ya que por lo que se vacaciones no gozadas, perdidas! o eso es estando vigente la relacion y una vez extinguida lo puedo reclamar!?
2) Que pasa cuando la relacion se extingue vencido el plazo para tomarlas 31/5 (en mi caso distracto el 22/06/09 - Antiguedad 2 años).
a) Se calculan 14 dias por el periodo 2008/2009?
b) Ya se vencio el plazo para tomarme 2008, entonces en vez de 14 (por el 2008 que los perdi) tomo el proporcional 2009, en este caso desde cuando cuento los dias del año trabajado?
3) A la indemnizacion se adiciona SAC?
Creo que hay una pauta basica que me estoy comiendo y confundo todo!!!
MIL GRACIAS COLEGAS!!!!
