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  • Deuda autónomos en gestión judicial + mis facilidades

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #539063  por poorlaw
 
Hola estimados foristas,

Consulto:

Se trata de un contribuyente con deuda de autónomos Categoría B, períodos 04/1999 hasta 05/2003, en gestión judicial con sentencia firme. El monto de la demanda se calculó en base al monto de la categoría original, que era de $ 122,56 por mes. A eso se le suma, obvio, los interes resarcitorios y los punitorios desde la fecha de demanda. Hasta aquí no hay problemas.

Ahora bien, el contribuyente quiere regularizar su situación a través de un Plan de pagos -misfaciliades-, pero, al cargar los períodos a regularizar en la categoría B, el sistema completa, en forma automática, el monto actualizado al día de hoy, conforme a la movilidad previsional, con la cifra de $ 158,99 (en lugar del histórico de $ 122,56)y el sistema calcula los resarcitorios y punitorios de acuerdo al monto actualizado.

La pregunta es ¿hay alguna manera de cargar el monto histórico de categoría B en "Misfacilidades"?

Gracias de antemando.

Saludos.
 #539330  por GyD
 
Lamentablemente, el sistema de "tus facilidades" :) al no ser ni moratoria ni contener condonación alguna, no te permite cargar los montos originales ya que la deuda es por el monto actual con mas los intereses res y pun.
Por otra parte, aún si pudieras cargarlos así, el agente fiscal tiene que tener el conforme de recaudación que es quien te lo observaría.

En el plano puramente teórico y si tenés ganas de darte y dar trabajo (por no decir romper...) podrías intentar pedir en el juzgado la liquidación judicial de la deuda y discutir la justicia de esa forma de actualización de montos cuyo componente se encuentra impliscito en los resarsitorios del mismo modo que los resarcitorios se encuentran impliscitos en los punitorios) pero en ese caso, si saliera bien... :? tendrías que pagar de contado.

Saludos.
 #539334  por Tuiti
 
Poor, el plan ¿ Lo estás haciendo con "Planes ESPECIALES RG Nº 2774" ?
 #539688  por poorlaw
 
Hola estimados,

GyD: muchas gracias por tu post, muy claro.
GyD escribió:pero en ese caso, si saliera bien... :? tendrías que pagar de contado.
Tal cual, de ahí la duda de cómo arreglar el tema en cómodas cuotas desde "Mis/tus/sus facililidades".

Tuiti: así es.

El contribuyente ya fue informado de las opciones, ahora que elija. Por si acaso, aclaro que no soy yo :lol:

Gracias y saludos.