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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #532017  por zaza
 
quisieras consultarles cuanto se cobra por un sucesorio
Se muy bien que los jueces regulan conforme a la valuacon fiscal 8 en provincia ) pero es muy poco
Tambien he visto que hay abogados que convienen los honorarios por convenio .... mi pregunta es esa cuanto es el porcenaje que usualmente se pacta gracias !!!!
 #532270  por diegogvillamayor
 
todo depende de lo que pague el cliente.
en prov suelen regular 8/12 %.
un convenio del 10 en adelante esta bien
 #536126  por draaleja
 
zaza escribió:quisieras consultarles cuanto se cobra por un sucesorio
Se muy bien que los jueces regulan conforme a la valuacon fiscal 8 en provincia ) pero es muy poco
Tambien he visto que hay abogados que convienen los honorarios por convenio .... mi pregunta es esa cuanto es el porcenaje que usualmente se pacta gracias !!!!
Lo que podés hacer es pactar honorarios y gastos con tu cliente (yo paso presupuesto por escrito), en general en Pcia. están regulando un 12% promedio, pero al cliente hay que decirle que la regulación (es la realidad) puede ser entre un 7/8 a un 22%.
En mi caso creo que nos sirve a ambos el hecho de cerrar un n°. Después, solicitás se te regulen honorarios mínimos de ley (o sea 7/8%), si no te hacen lugar tendrás que abonar los aportes sobre lo regulado, más allá del pacto con tu cliente. Por eso, siempre es conveniente aclarar que los aportes pueden llegar a ser proporcionales a la regulación y no a lo pactado.
En general, el % depende del valor de los bienes en juego. Yo no cobro siempre el mismo %.
Saludos!!!
 #537741  por draaleja
 
En provincia yo presupuesto sobre valuación fiscal, y aclaro que se incrementará o no según surja de la actualización del estado parcelario.
Se que en Capital si presentás tasaciones te toman el valor real para regular honorarios, en Provincia nunca escuché que lo hicieran.
saludos
 #537748  por TAN
 
Pero de arreglarlos con el cliente, sobre el valor real es correcto ??
gracias.
TAN
 #538675  por diegogvillamayor
 
hola como estas, vos con el cliente podes arreglar como quieras.
ahora hace convenio menciona que es x valor real y denuncialo en el convenio (lo sacas con 2/3 tasaciones de inmobiliarias)
ahora tu cliente te va a matar, xq le llevas todos los gastos a valor real, que suelen triplicar el valor fiscal.
o te jugas y haces convenio, no lo presentas en el expt y te regulan x valor fiscal y todos los gastos son por este valor.
Despues esperas que tu cliente te pague en base al real.

saludos
 #538680  por draaleja
 
Tan, vos podés convenir por valor real... lo que creo es que acá en Provincia va a ser muy difícil que algún cliente lo acepte..
Ya te expliqué en mi post anterior que el presupuesto lo dejo sujeto a revalúo (en Pcia. las valuaciones son bastante cercanas a la realidad), no lo presento en el expte. y solicito se regulen Honorarios mínimos.
saludos
 #541404  por Aletse2665
 
Estimados colegas: les consulto :
Una señora resulta beneficiaria de bonos previsionales cuarta serie pero fallece sin haber firmado el acta de conformidad y canje. Actualmente para su aceptación, canje y cobro, se necesita de la DH. Mi pregunta es: sería correcto que firmáramos un convenio de honorarios (en tal caso porqué porcentaje) o me atengo a la regulación judicial? Espero alguna respuesta y desde ya muchas gracias.