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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #541558  por gi2008
 
hola! tengo un caso de curatela o insania o inhabilitado. No se bien como encararlo y me llego por patrocinio gratuito del Colegio abogados San Isidro.Vino el hermano de una señora que tiene epilepsia, trajo certificados medicos para pedir ser el curador de su hermana mayor de edad y asi poder cobrar e iniciar la pension por discapacidad. La señora tiene dos hijos una mayor de edad 18 años. Mi pregunta es: Puede el hermano ser designado curador habiendo un hijo de 18 años? Yo lo preneto como curatela aunque probablemnte a mi entender esat señora sería una inhabilitada del 152 bis porque no es demencia lo que tiene. Que diferencia habría para el curador si es demente o inhabilitado? Que otra docuemntacion me estaria haciendo falta aparted elos certificados medicos DNI est? Como acredito la idoneidad del hermano o del hijo en su defecto? Graciassssss
 #541803  por sole10
 
gi2008 escribió:hola! tengo un caso de curatela o insania o inhabilitado. No se bien como encararlo y me llego por patrocinio gratuito del Colegio abogados San Isidro.Vino el hermano de una señora que tiene epilepsia, trajo certificados medicos para pedir ser el curador de su hermana mayor de edad y asi poder cobrar e iniciar la pension por discapacidad. La señora tiene dos hijos una mayor de edad 18 años. Mi pregunta es: Puede el hermano ser designado curador habiendo un hijo de 18 años?
Sí,acreditando idoneidad para el cargo.

Yo lo preneto como curatela aunque probablemnte a mi entender esat señora sería una inhabilitada del 152 bis porque no es demencia lo que tiene. Que diferencia habría para el curador si es demente o inhabilitado?
La diferencia entre ser declarado insano o inhabilitado radica,fundamentalmente,en que el inhabilitado está facultado para ejercer determinados actos;el insano,por su parte,no puede efectuar ningún acto legal,precisamente,por su condición.
Respecto al curador en uno u otro caso,no hay diferencia.Asume todas las obligaciones propias del cargo.


Que otra docuemntacion me estaria haciendo falta aparted elos certificados medicos DNI est? Como acredito la idoneidad del hermano o del hijo en su defecto?
La idoneidad se prueba mediante testigos,suele ser suficiente.

Graciassssss
 #541976  por guille02sc
 
La documentación q necesitas es en pcipio todos los certificados que acrediten el vínculo y ese certificado con dos firmas. Si al pension es ante anses fijate, porque en algunoas casos se permite sin tramitar la insania conseguirla. Respecto a la idoneidad, puede ser la hermana igual, la juris dice q si bien el código fija un orden legal, este se puede dejar de lado cuando existan parientes mas idoneos para ejercer el cargo. Exitos!
 #542360  por gi2008
 
hola guilees gracias! solo una consulta mas respecto de los certificados me decis acrediten el vinculo si es el hermano con que certicado lo acredito? de que tipo? y respecto de las dos firmas no entiendo a que te referis, si es el hijo claro esta con la partida pero sino??
 #542815  por guille02sc
 
Respecto del certificado medico, este es el que tiene que tener dos firmas. Por lo general se hace asi, pero igual chequealo.
Con respecto a le vinculo, tendras q ir juntando certificados de nacimiento, por ejemplo si es el hno, el del causante y el el pretenso curador, para q asi se acredite el vinculo. Suerte