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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #541204  por Freedom
 
Buenas tardes,

El caso es que durante los 5 primeros meses (Enero-Mayo) del año 2009 tuve mi vivienda (de uso habitual) alquilada por trasladarme a otro sitio. El mes de Junio permaneció vacía. La volví a ocupar de manera ininterrumpida a partir de entonces siendo considerada nuevamente como vivienda habitual.
Tengo varias preguntas:
- Podría deducirme la hipoteca de Julio a Diciembre de 2.009 (6 meses - 184 días) frente a los otros meses (6 meses - 181 días) en los que estuvo alquilada (150 días) y a mí disposición (30 días).
- Dado que la vivienda carece de referencia catastral, ¿como puedo cumplimentar correctamente la declaración en el apartado específico (el que hace referencia al tiempo en que mi vivienda estuvo a mi disposición) que hace referencia al valor catastral?

Muchas Gracias.
 #541689  por GyD
 
Freedom escribió:Buenas tardes,

El caso es que durante los 5 primeros meses (Enero-Mayo) del año 2009 tuve mi vivienda (de uso habitual) alquilada por trasladarme a otro sitio. El mes de Junio permaneció vacía. La volví a ocupar de manera ininterrumpida a partir de entonces siendo considerada nuevamente como vivienda habitual.
Tengo varias preguntas:
- Podría deducirme la hipoteca de Julio a Diciembre de 2.009 (6 meses - 184 días) frente a los otros meses (6 meses - 181 días) en los que estuvo alquilada (150 días) y a mí disposición (30 días). ¿Que será deducir hipoteca? Los gastos e intereses los podés tirar contra rentas de primera en tanto no tengas opción por gastos presuntos en menos de cinco años. Los gastos de la hipoteca de tu casa habitación son gastos personales y engloban en el consumido. La hipoteca en si la podes netear para bienes personales al 31/12 (es estático al 31/12 y por tanto no lleva ningún prorrateo por afectación ni ninguna cosa rara).

- Dado que la vivienda carece de referencia catastral, ¿como puedo cumplimentar correctamente la declaración en el apartado específico (el que hace referencia al tiempo en que mi vivienda estuvo a mi disposición) que hace referencia al valor catastral? Si te referís al aplicativo, le llenas el campo con 11111111

Muchas Gracias.
Saludos.
 #546144  por JoMarch
 
GyD:
LOS INTERESES DE LA HIPOTECA SE PUEDEN DEDUCIR AUNQUE NO TENGA RENTA DE PRIMERA.
LA CUARATA CATEGORIA PUEDE DEDUCIRLOS SI ES PARA CASA HABITACION.
O ESTOY MAL CON ESO¿
 #547210  por GyD
 
JoMarch escribió:GyD:
LOS INTERESES DE LA HIPOTECA SE PUEDEN DEDUCIR AUNQUE NO TENGA RENTA DE PRIMERA.
LA CUARATA CATEGORIA PUEDE DEDUCIRLOS SI ES PARA CASA HABITACION.
O ESTOY MAL CON ESO¿
JoMarch, como la mayoría de las veces está en lo correcto. Para las personas físicas si es hipoteca de su casa habitación puden deducir esos gastos e intereses hasta 20 lucas.
Saludos.