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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #53517  por Ricardo
 
Hola gente del foro:
Tengo una duda respecto a la liquidación y quiero Ustedes hagan el favor de controlar si es que estoy en lo correcto.
Los datos son:
F.Nac. 21-06-37´(Hombre)
F. Defunción: 25-06-06´
Inscripción Autónomos: 09-85´
Pagos Autónomos:
09/1985 a 03/1986;
05/1986 a 08/1988;
10/1988 a 12/1988;
07/1989 a 01/1990;
03/1990 a 03/1990;
10/1990 a 11/1990;
07/1991 a 07/1991 y
10 a 12/80´???( No entiendo porqué aparecen en ésta última fecha...)
Total aportes autónomos pagados en forma y tiempo: 4 años, 4 meses

Situación de revista propuesta:
01/1972 a 12/1978 (7 años DDJJ)
09/1985 a 07/1991 (Cese ficto)
Beneficios:
01/1972 a 12/1978 Art. 3 24476 (7 años)
04/1986 a 04/1986 Art. 1 25321 (1 mes)
09/1988 a 09/1988 Art. 1 25321 (1 mes)
01/1989 a 06/1989 Art. 1 25321 (6 meses)
02/1990 a 02/1990 Art. 1 25321 (1 mes)
04/1990 a 09/1990 Art. 1 25321 (6 meses)
12/1990 a 06/1991 Art. 1 25321 (7 meses) Total: 1 año; 10 meses
Ampliación de Períodos:
07/1955 a 12/1971
10/1980 a 03/1981

Total SICAM I y SICAM II: 28 años; 1 mes (va un mes de más, por las dudas).
Ley a aplicar: 24.476
Necesito colaboren con la verificación del Plan que voy a enviar y también respecto de la aplicación de los beneficios.
Desde ya les agradezco, espero puedan ayudarme.
Atte.
 #54431  por rachelcba
 
Ricardo escribió:Alguien seria tan amable de responder!!!
Estoy a la espera de alguna opinión...
Saludos!!!
.
Hola Ricardo: Según mis cálculos tenés 4a 4m de pagos, 7a art. 3 y 2a de exceso de edad, porque el sr. tenía 69 años cuando fallece, esto hace un total de 13a 4m, por ende necesitarías de moratoria pura 16a y 8m que los comprás del 07/55 a 02/72 (o 03/72 si querés un mes más) y le ponés una actividad barata. Se puede hacer todo en un solo sicam, empezás con el tramo q te señale anteriormente, cortás y empezás otro tramo con la fecha de inicio de autónomo de anses ( con la actividad que figura ahí) y prescribís todo, dejando sólo los periodos donde tenés los pagos. El art. 3 lo podés poner en el primer tramo ( extendiéndolo 7 años, obvio) o en el segundo tramo, como te parezca. Espero que te sirva mi opinión. Suerte !!!