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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #542492  por nadiapp
 
hola foristas... disculpen por la pregunta pero me llego un reclamo de alimentos y se trata de una menor. No se de que manera hacer el poder incorpoorando a los padres como titulares de la patria potestad.... alguien tiene un modelo???
Muchas Gracias!
 #542501  por BRENDITA
 
PODER ESPECIAL

En la ciudad de ............, a los días del mes de octubre de 2008 comparece ante mi Secretaria autorizado MARIELA ................, argentina, ama de casa, DNI. Nº .............., con domiciliado real en calle Fray Luís Beltrán nº 1266 de esta ciudad de ............, quien se presenta en nombre y representación de su hijo menor LUCAS ............-
y manifiestan que de acuerdo con las Leyes 3480, 4463 y 5531 y sus modificatorias, confiere/n PODER ESPECIAL a favor de la Dra. ............., para que conjunta o indistintamente inicien y/o prosigan hasta su total terminación: DEMANDA POR ALIMENTOS contra el señor FERNANDO ..............., a favor del hijo menor de ambos LUCAS NAHUEL PONCE y/o todas las acciones jurídicas que por derecho correspondan; otorgándole al efecto las facultades del art. 41 y 44 del Código Procesal Civil y Comercial, sin limitación alguna, interviniendo en todas sus instancias e incidentes. A tal efecto lo faculta para que se presente ante las autoridades y Tribunales competentes, con todo género de demandas, escritos, documentos, testigos, escrituras y cuantas más pruebas sean conducentes a fundar su derecho; pudiendo tachar, apelar, recusar, transar, desistir, impugnar, reconvenir, poner y absolver posiciones, deducir incidentes, interponer recursos ordinarios, extraordinarios y/o de cualquier naturaleza, decir de nulidad, declinar prorrogar jurisdicciones, asistir a audiencias, producir información, reclamar daños y perjuicios, pedir embargos, desembargos e inhibiciones, presentar o exigir fianzas, cauciones y arraigos, pedir desalojos y lanzamientos, quiebras, convocatorias o concursos civiles, aceptando o rechazando concordatos y adjudicaciones de bienes u otros convenios y designen síndicos liquidadores; cobrar, percibir y dar recibos, designar peritos y rematadores; conceder quitas y esperas, reconocer y rechazar herederos, nombrar administrador de los bienes de la herencia, legatarios y acreencias; designando asimismo al citado mandatario como perito inventariador, tasador, liquidador y partidor de los bienes relictos, citar en garantía a terceros y/o Compañías de Seguros y en definitiva practiquen cuantos más actos y gestiones sean conducentes al mejor cumplimiento de este mandato que le confiere con facultades amplias y sin limitación alguna y que podrán sustituir en todo o en parte. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación firma el/la/los compareciente/s de lo que certifico.------------------------------------------------------------------------------------



fijate q este poder es de acuerdo al ´CPCC de sta. fe
 #542884  por nadiapp
 
UN MILLON DE GRACIAS BRENDA!!!!