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  • Problema PF 303/99 Patente - Intimacion

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #540086  por walterf
 
Hola, recientemente he descubierto esta pagina, justamente buscando informacion sobre este tema. Resulta ser que me llego una intimacion de un estudio juridico de la Ciudad de Buenos Aires, por una deuda a nombre de mi papa de $ 1600. Como yo vivo en Neuquen pero mi hermano sigue viviendo en la casa que era de la familia la recibio el y fue a averiguar de que se trataba. Le informan que la deuda era por un Plan de facilidades Res 303/99 por patentes. Para aclarar varios puntos, ese auto era de mi papa, quien fallecio en 1998, se hizo la sucesion y termino a nombre mio con transferencia y todo. No recuerdo si el plan lo inicie yo antes o despues de transferirlo, pero creo que era por las cuotas que habian quedado impagas de todo 1998 y 1999. Yo pague algunas cuotas pero despues las cosas se complicaron y en febrero de 2003 tuve que vender el auto para hacer frente a algunas deudas. Lo vendi con la deuda incluida, no recuerdo si en el boleto aclara, lo tengo que buscar, pero el dueño sabia de la deuda. Por lo que se hace poco se volvio a vender y el nuevo dueño tambien hizo la transferencia. Ahora me llaman y me reclaman la deuda que en la pagina de AGIP sale como de $ 1787, pero me reclaman $ 2800 en un pago, esto es lo que dice el estudio o mandataria, dice que el juez ya resolvio. Ahora pregunto a mi nunca antes me han avisado nada, yo ni enterado, no me deberian haber notificado?. Al haber vendido el auto, la deuda no pasa al nuevo titular? No caducaron ya las deudas despues de 5 años del vencimiento? Que puedo hacer?

Desde ya les agradezco sus consejos.

Walter Fernandez
 #543351  por GyD
 
El acogimiento a un plan de pagos implica dos cosas en lo que a vos respecta:
1° que te hacés cargo de una deuda (vos, no tu auto), de modo que esa deuda te sigue a vos.
2° que renunciaste a la prescripción corrida.
Luego, tu plan caduca en el 2003, por lo que a partir del 01/01/2004 comienza a contarse la prescripción... en el medio creo que tenemos una suspensión de las prescripciones por un año (de esto no estoy seguro)
Espero que alguien mas te pueda contestar con mayor amplitud.
Saludos.
 #543695  por walterf
 
Gracias GYD por la respuesta, me queda claro el tema de la prescripcion, ahora, por algun lado lei que si el expediente, aun iniciado el jucio, no se mueve por un plazo de 6 meses tambien cae en caducidad, es asi? es automatico o debo yo presentar algun recurso?

Por otro lado, yo tengo firmado el boleto de compra venta por el comprador reconociendo la deuda existente en el momento de la venta y aceptando que quedaba a su cargo, para esto que tengo que hacer, actuar judicialmente? hay otra opcion?

Saludos y gracias

WalterF
 #544164  por GyD
 
walterf escribió:Gracias GYD por la respuesta, me queda claro el tema de la prescripcion, ahora, por algun lado lei que si el expediente, aun iniciado el jucio, no se mueve por un plazo de 6 meses tambien cae en caducidad, es asi? es automatico o debo yo presentar algun recurso?

Por otro lado, yo tengo firmado el boleto de compra venta por el comprador reconociendo la deuda existente en el momento de la venta y aceptando que quedaba a su cargo, para esto que tengo que hacer, actuar judicialmente? hay otra opcion?

Saludos y gracias

WalterF
Caducidad a pedido y siempre que quien existan pasos procesales por pedir. Si hay sentencia ya no caduca... Hay por acá un post interesante sobre el tema.

El acuedo que los solidarios tengan entre si lo resuelven entre ellos por repetición. (De las obligaciones)

Saludos.