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  • ya se puede jubilar??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #54278  por andrea24
 
una señora que nacio el 14/06/1946 y sin aportes, puede iniciar los tramites jubilatorios sin tener que ponerla como servicio domestico?

 #54306  por juanci
 
anya escribió:si no queres que entre por sdm, tiene que esperar hasta el 12/2007 (si no saco mal las cuentas :roll: )
Si esta bien 12/2007.

 #54311  por ROS55
 
Según mis cuentas se puede jubilar dentro de dos meses porque ahora sería así: 07/1964 más 29 años 4 meses, la situación de revista sería al mes 10/1993 , te pasás un mes o sea que dentro de dos meses más le compensás un mes. Saludos

 #54359  por rachelcba
 
Coincido con anya, necesitás 9 meses de exceso de edad y los tenés en diciembre, tendrías q mandar el plan a partir de enero de 2008. No lo mandés en diciembre xq la deuda se consolida al 1º de cada mes, y al 1º de diciembre ella todavía no tendría el exceso de edad que necesitás. Suerte!