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  • Tenencia y regimen de visitas en moron

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #542239  por iracebe
 
Hola colegas, quiero hacerles una consulta a mis colegas de moron o que presentan habitualmente demandas por tenencia, regimen de visitas y alimentos en ese departamento judicial.

Tengo que hacer mi primera presentacion ahi y tengo entendido que segun el depto judicial, no se presenta la demanda como en cualquier reclamo, sino que se presentan simplemente las partidas, con el formulario de inicio de familia y el tribunal fija una audiencia.

Puntualmente mi duda radica en si en el departamento judicial de moron debo presentar la demanada o se manejan con esta etapa prejudicial de la que les hablaba anteriormente...

Muchas gracias a todos de antemano!!! Saludos!!!
 #543159  por marianmollet
 
En la pcia de bs as, rige el "proceso de familia", el cual comienza con la etapa previa (que es la etapa en la que las partes, antes de someterse a cuestiones tipicas de todo juicio, como la prueba por ej., tratan de llegar a un acuerdo guiadas por sus profesionales y el consejero de familia). El escrito de inicio se presenta solo en los casos que no puedan someterse a transaccion como por ejemplo los casos de violencia familiar, pero las tenencias y los regimenes de visitas, como son cuestiones pasibles de pactarse mediante acuerdo de partes, no deben ser iniciados con el escrito. En el caso de no arribar a acuerdo, se clausura esta etapa previa y ahi si se ingresa el escrito.
Averigua si en tu Dpto judicial esta el Juzgado de Familia, pero creo que alli se encuentra en funcionamiento.
Saludos
 #543413  por sole10
 
iracebe escribió:Hola colegas, quiero hacerles una consulta a mis colegas de moron o que presentan habitualmente demandas por tenencia, regimen de visitas y alimentos en ese departamento judicial.

Tengo que hacer mi primera presentacion ahi y tengo entendido que segun el depto judicial, no se presenta la demanda como en cualquier reclamo, sino que se presentan simplemente las partidas, con el formulario de inicio de familia y el tribunal fija una audiencia.
Es así;litigo en Morón y no hay que presentar demanda al inicio.
Con las Planillas del Fuero,partidas,Bono Ley 8480 y anticipo de Ius Previsional,es suficiente.


Puntualmente mi duda radica en si en el departamento judicial de moron debo presentar la demanada o se manejan con esta etapa prejudicial de la que les hablaba anteriormente...
Se comienza con Etapa Previa.

Muchas gracias a todos de antemano!!! Saludos!!!
Saludos !
 #543773  por iracebe
 
Muchas gracias por sus respuestas sole10 y marianmollet!!!!

Mañana lo presento asi entonces, saludos!!!