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 #542531  por TonyTa
 
consulta basica al respecto!
tengo que notificar de la aud. 360, va con apoderado, asi que tengo que notificar tbn en el real. la pregunta es: en la cedula, donde dice domicilio, pongo constuido o denunciado? porque es el real, pero ellos en la dda denuncian su domicilio real en....
mil gracias!!!!!!!!
 #542566  por Amorina
 
Yo, si va al real, pongo REAL DENUNCIADO
 #543420  por infolegal
 
Hola Tony, el domicilio denunciado es el que cuando vos inicias una demanda, DENUNCIAS, "decis" que el ddo vive en tal lugar, ese es el denunciado, el domicilio real es el que cuando por ejemplo te contestan dda o se presentan dice "pepe gomez" con domicilio "real" en tal calle... éste domicilio es donde realmente vive la persona, y el "constituido" es el que se "costituye" a los efectos legales y donde se van a hacer efectivas todas las notificaciones, que generalmente es un casillero o el estudio del abogado u otro diferente del real.
Espero haber sido clara.
Saludos cordiales.
 #543437  por marielafernanez
 
hola la audiencia del 360 se notifica al real si su abogado es apoderado, si es patrocinante al constituido y no es necesario que pongas real, solo denunciado, así no te la observan, (aunque no todos los Juzgados observan cédulas) pero por las dudas, sino pregunta en el Juzgado cual es la practica común en ese.
 #543535  por TonyTa
 
Gracias a todos por las respuestas!
La verdad es que en un principio notifiqué al constituido, pero despues me "avive" y me acorde (justo a tiempo!!) de notificar en el real. Mi duda era qué poner en la cédula,si denunciado o constituido.. puse denunciado.. asi que espero que esté todo bien!
Gracias a todos!!! por estar!, despues les cuento q pasó!