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  • Certificado de Trabajo Art. 80 (Como lo pido)

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #545145  por Gerbia
 
Como es el tema del Certificado de Trabajo? hay que esperar 30 o 2 dias al final?
Recibi la CD de despido el 31 de Marzo diciendo que el 30 de Abril van a presindir de mis servicios por "Reestructuracion y Reorganizacion del Establecimiento".
Al Certificado lo tengo que pedir a partir del 1 de Mayo? con que plazon? 30 dias o 2? Y Si alguien me puede Mostrar como pedirlo que los voy a agradecer.
GRACIAS
 #545177  por alejandralagos
 
HOLA! YO LO PIDO ASI......
“---Asimismo, intimo en igual plazo y apercibimiento, haga entrega de la siguiente documentación: a).- constancia de cumplimiento de las obligaciones de esa parte de ingresar los fondos correspondientes con destino a la seguridad social; b).- certificado de trabajo; c).- certificado de servicios, remuneraciones y aportes previsto en el articulo 12 inc. g) de la ley 24.241, bajo apercibimiento de reclamar las indemnizaciones previstas en el articulo 80 de la L.C.T.-
OJALA TE SIRVA
BESOS
 #545226  por TonyTa
 
Intimás primero, a efectos que entreguen las certificaciones.
sino entregan a los 30 días, remitis nuevo telegrama, intimando por 48 horas a fin que hagan entrega de la certtifcaciones establecidas en el art. 80 LCT.
son los dos pasos a fin de dar cumplimiento con la ley para poder cobrar la multa (tres salarios)
Fijate la ley 25345, creo que es el art.45, y el art.80