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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #536673  por cordobaloca
 
hola todos, es mi primer juicio por alimentos en provincia... mi duda es si en la etapa previa debe estar el demandado, ya que este hizo abandono de hogar y no lo podemos ubicar. (la Matanza). Es obligatoria la etapa previa o presento la demanda directamente???
Alguien tiene un modelo de demanda por alimentos en la matanza o provincia para orientarme.???? Muchas gracias.... Ah!! se donde trabaj, lo puedo notificar ahí? vale la notificación? porq parece q está con licencia medica y no está asistiendo a trabajar.
Como veran es bastatnte complicado el tema. Gracias
 #536835  por gustavofer2009
 
presentas la demanda y te van a dar una audiencia, eso si vas a tener que notificar de esa audiencia, sino concurre ahi recien te van a odenar el traslado de la demanda, la etapa previa se abre con la presentacion de la demanda y llega hasta la primera audiencia a la que te hago referencia. si conoces solamente el domicilio laboral manifestalo en la demanda o pedi oficio al trabajo de esta persona para que informe sobre los datos de su empleado.
 #536858  por gustavofer2009
 
SUMARIO.-

ACTORA: .........................-
DOMICILIO REAL: .....................-
CONSTITUIDO: ..................
DEMANDADO: .........................
DOMICILIO: .........................-
MATERIA: Alimentos.-
DOCUMENTACION ACOMPAÑADA: Partidas de nacimiento.-


PROMUEVE JUICIO POR ALIMENTOS.-


Excmo. Tribunal:

........................., por derecho propio y en nombre y representación de mis hijos menores de edad Damiana Inés , Mateo Daniel y Jeremías Esteban , con domicilio real en la calle ...................., partido de Lomas de Zamora, con el patrocinio letrado del Dr. ...............nen, abogado Tº ... Fº ... CALZ, legajo Caja de Previsión Social para Abogados .........., CUIT e Ingresos Brutos 20-.................-6, constituyendo domicilio en la calle ..........de Banfield, partido de Lomas de Zamora, a V.E. me presento y respetuosamente digo:


I- OBJETO.-

Que vengo a promover juicio por alimentos contra el Señor Néstor Rodolfo ........... DNI ........, padre de Damiana Inés , Mateo Daniel y Jeremías Esteban, con domicilio en la calle ..............de la localidad de Guernica, partido de Presidente Perón, por la suma que V.E. estime prudente determinar, para cada período mensual, con sus intereses y las costas del juicio, en base a las consideraciones de hecho y de derecho que seguidamente se expondrán.-


II- HECHOS.-

a) Tal como surge de las partidas de nacimiento adjuntas, los menores nacieron el 28 de julio de 1998, 16 de septiembre de 2000 y 9 de junio de 2002, respectivamente, de la relación de pareja extramatrimonial que me unía con el demandado.-

b) En efecto, nuestra convivencia se produjo a partir del 9 de abril de 1995, hasta nuestra separación ocurrida el día 17 de marzo de 2007.-

c) Si bien al momento de la separación acordamos extrajudicialmente una cuota alimentaría a favor de nuestros hijos menores, esta en la actualidad resulta insuficiente, por lo cual le solicite al Sr. .........en forma verbal, un aumento y una regularidad en el pago de la misma, la cual me fue negada ya que según sus dichos no esta obligado judicialmente a pasar alimentos. Es por ese motivo la interposición de la presente acción.-

d) El accionado trabaja desde el año 2002, como encargado de seguridad en un edificio, contratado por el consorcio de propietarios, por dichas tareas percibe un sueldo aproximado de pesos cuatro mil ($ 4.000) mensuales.-

e) Teniendo en cuenta la edad de los menores, y que con el producto de mi trabaja, me resulta imposible brindarles vestimenta, alimentación, educación, esparcimiento y demás necesidades básicas,
es por ello que vengo a peticionar la fijación de una cuota alimentaría a favor de nuestros hijos menores.-


III- FIJACION DE ALIMENTOS PROVISORIOS

Existiendo verosimilitud del derecho alimentario que me asiste, el que se acredita con las partidas acompañadas justificantes del vínculo con el demandado, por un lado, y por otro, la necesidad impostergable de atender la subsistencia, la que hoy por hoy es materialmente imposible de satisfacer por carecer de recursos propios, solicito de V.E. fije como cuota provisoria a pagarse por el demandado durante el proceso y en el plazo que se determine, la suma de pesos mil ($ 1.000).


IV- DERECHO.-

Fundo el derecho que me asiste en los arts. 367, 372, 375 del Código Civil y 635 y ss. del Código Procesal de aplicación.


V- PRUEBA.-

Se ofrece la siguiente, sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 365 CPCC, en cuanto a los restantes medios probatorios:

1) CONFESIONAL: Se cite al demandado a absolver posiciones a la audiencia que al efecto se designe, bajo apercibimiento de ley.-

2) DOCUMENTAL: la adjunta, partidas de nacimiento (3).-
3) TESTIMONIAL: Se cite a prestar declaración en primera audiencia a los siguientes testigos:

a) ....................-
b) .................-
c) ......................................-

4) INFORMATIVA: Se libre oficio a ................, a fin de que informen sobre el salario que percibe el demandado.-

V- PETITORIO.-


Por todo lo expuesto de V.S. solicito:

1) Se me tenga por presentada por parte en el carácter y por constituido el domicilio legal;
2) Se tenga presente la prueba ofrecida;
3) Se fije audiencia según lo normado art. 639 C.P.C.C.N.;
4) Se fije la cuota suplementaria pedida;
5) Oportunamente se haga lugar a la demanda, fijándose la cuota mensual por alimentos, y costas del juicio.-



Proveer de Conformidad,
SERA JUSTICIA.-
 #536890  por docthos
 
disiento con el colega, la apertura de la etapa la da la presentacion de la solicitud de tramite y no la demanda, ya que no es obligatorio presentarla en esta etapa, de hecho en los que represento a los demandados, solicito su desglose por no ser la etapa procesal oportuna y siempre he obtenido respuesta favorable al planteo, eso si te conviene adjuntar documental para acreditar el caudal economico y las necesidades, saludos
gustavofer2009 escribió:presentas la demanda y te van a dar una audiencia, eso si vas a tener que notificar de esa audiencia, sino concurre ahi recien te van a odenar el traslado de la demanda, la etapa previa se abre con la presentacion de la demanda y llega hasta la primera audiencia a la que te hago referencia. si conoces solamente el domicilio laboral manifestalo en la demanda o pedi oficio al trabajo de esta persona para que informe sobre los datos de su empleado.
 #537050  por Magna
 
docthos escribió:disiento con el colega, la apertura de la etapa la da la presentacion de la solicitud de tramite y no la demanda, ya que no es obligatorio presentarla en esta etapa, de hecho en los que represento a los demandados, solicito su desglose por no ser la etapa procesal oportuna y siempre he obtenido respuesta favorable al planteo, eso si te conviene adjuntar documental para acreditar el caudal economico y las necesidades, saludos
gustavofer2009 escribió:presentas la demanda y te van a dar una audiencia, eso si vas a tener que notificar de esa audiencia, sino concurre ahi recien te van a odenar el traslado de la demanda, la etapa previa se abre con la presentacion de la demanda y llega hasta la primera audiencia a la que te hago referencia. si conoces solamente el domicilio laboral manifestalo en la demanda o pedi oficio al trabajo de esta persona para que informe sobre los datos de su empleado.
Qué sería de nosotros, abogados, si no tuviéramos diferentes opiniones!
Comento mi experiencia respecto de la etapa previa en juicios de alimentos:
Si bien su apertura procede con la presentación de la solicitud de trámite como menciona Docthos, ello no siempre se cumple, ya que queda a criterio del Tribunal que ordene su trámite o que se acompañe demanda, de acuerdo con la facultad que le acuerda el art. 831, in fine, previo dictamen del consejero de familia.
A todo evento, menciono que en Lomas, Tribunales 2 y 4, me ordenaron acompañar escrito de demanda conforme al art. 330 CPCC, en tanto que en Quilmes 2, sustanció por etapa previa, por lo que en la actualidad consulto antes de llevar el inicio, si no conozco la tesitura del tribunal.
De cualquier modo, si se admitió etapa previa y no se hubiera logrado acuerdo respecto de la cuota, una vez agotada, el Tribunal fija un término para presentar la demanda de alimentos, que entonces tramita de acuerdo con los arts. 635 y ss. CPCC.

Por otra parte, y espero que sea tomado como un aporte, hago notar error muy común en la demandas de alimentos que he tenido oportunidad de ver, al menos en mi criterio:
Si se solicitan solamente para los hijos menores y es la madre o el padre quien peticiona en representación, debería redactarse el Encabezamiento del siguiente modo:
xxx, DNI ........, en representación de sus hijos menores xxx, etcétera... (omitiendo por derecho propio)
Y luego, en el Objeto, correspondería alguna fórmula del tipo:
En el carácter invocado, vengo a promover formal demanda de alimentos contra ....

Cordialmente,
 #537075  por sole10
 
Tanto Magna como docthos tienen razón;el trámite a seguir depende (y mucho)del criterio del Tribunal/Juzgado de Familia del Departamento Judicial dónde éste se lleve a cabo.
En lo particular,tramito juicios del fuero de Familia en la zona Oeste y no hace falta presentar demanda (tal como dice docthos),se decreta la Etapa Previa para lograr una conciliación,dónde debe concurrir el demandado con asistencia letrada,en La Matanza es así.
Por eso,no se trata de opiniones de abogados,sino de aplicación criterios que escapan a nuestra voluntad.
Saludos !
 #544090  por fabidoc
 
En San Martín, solicita que se presente demanda?? ya que en San Isidro ordenan que se presente la demanda y recién ahí fijan la primer audiencia. Si alguien sabe.Gracias
 #545585  por fabidoc
 
ALguien sabe. Es que estoy con poco tiempo para armar la demanda y quería presentarlo!
Gracias
 #545662  por infolegal
 
Hola amigos colegas, es verdad no son opiniones sino criterios de distintos tribunales, en Lomas de Zamora, sorteas con planilla de inicio, si te cae en los tribunales de flia N°1 0 N° 3, va a etapa previa, no te dejan meter la dda en el inicio, si te cae en el N°2 o en el N°4, no va etapa previa tenes que iniciar con dda.
Salutes.
 #570487  por Lizzie
 
Tal como dicen los colegas en Matanza tenés o no etapa previa, depende del Juzgado en que te caiga.
Saludos.