En un juicio ejecutivo en provincia de Buenos Aires, el ejecutante notifica una cédula al domicilio real de mi cliente cuando yo había constituido correctamente un domicilio procesal en el expediente al oponer excepciones.
Qué pasa con esa cédula??? que me notifica la apertura a prueba. Igualemente yo presenté un oficio para confronte y me lo proveyeron....la cédula la ha recibido mi cliente como una semana antes....podré solicitar la nulidad de la notificación y ganar 2 semanas más de plazo probatorio, y quizás algún punto más en cuanto a honorarios???
Qué me aconsejan???? Gracias...
Qué pasa con esa cédula??? que me notifica la apertura a prueba. Igualemente yo presenté un oficio para confronte y me lo proveyeron....la cédula la ha recibido mi cliente como una semana antes....podré solicitar la nulidad de la notificación y ganar 2 semanas más de plazo probatorio, y quizás algún punto más en cuanto a honorarios???
Qué me aconsejan???? Gracias...