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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #535107  por hugo2
 
Anete escribió:Ros no te puedo ayudar mucho con la res. 884, pero lo que sí sé, es que si querés calcular de nuevo el sicam debés pedir el rechazo del plan en la Anses por nota, o enviarla por fax.
Hasta donde yo sé si ya tiene un beneficio hay que pagar todo contado.
Cual es la opcion dentro del 130 o cual es el numero para enviar el fax pidiendo la baja del plan ????
 #544990  por juprevi
 
Hola,
les cuento que hoy llego una clienta con la carta de acuerdo de beneficio,( de una jubilacion con moratoria enviada 02/2007 siendo ella pensionada obviamente con pago retenido). En el mes de febrero/2010, dimos de baja el plan, y recalculamos la deuda de contado SIN modificar la situacion de revista. Tiene haber de alta mayo/2010 y el retroactivo es de $ 20.900.
Me fui con la clienta al Anses, porque despues que habia hecho este tramite, ellos mismos me dijeron que si lo hubiera hecho con una liquidacion en Afip le hubiera correspondido un retroactivo muy importante, y de esta manera iba a cobrar desde el inicio de la rehabilitacion., estaban equivocados, se da de baja el plan, se reliquida sin modificar la situacion de revista de contado y cobra 2 años de retroactivos.
A todo esto, estoy hace como un mes luchando en el Afip,(siempre falta algo) para que me liquiden la deuda de contado de otra clienta,el caso que comente al principio del post, pensando que era la forma de pelear el tema del retroactivo.
saludos
 #545939  por Ros
 
Juprevi: entonces cual es mejor proceder para cobrar todo el retro?
 #545976  por andy2013
 
Soy nueva en esto.Este es mi primer cliente!!!!!!
trabajo en gas del estado 20 años, es mujer, en tareas administrativas, hoy tiene 56 años y la duda es que si se puede jubilar? se retiro por medio de los retiros voluntarios en 1992 porque la empresa privatizo.
ella ingreso a trabajar y realizo aportes cuando estaba la ley 18037, le corresponderia jubilarse por esa ley o por la actual?
 #546007  por juprevi
 
Hola ROS:
Segun mi experiencia, sacas nueva clave fiscal y ves como fue liquidada la jub, ojo, controla que este liquidada con la 24476, tengo un caso que es por la 24994 hasta el 06/94, y entonces la situacion cambia.
Si fue por la 24476, pedis la baja del plan, y SIN MODIFICAR la situacion de revista reliquidas de contado, con todo el sicam (como si fuera un inicio) y cuota paga,se presenta en BENEFICIARIOS, sin turno, solicitando la rehabilitacion del beneficio.
mi clienta cobro en tres meses con 2 años de retroactivo.
De todas maneras consultalo en la Udai donde presentas, a ver tienen el mismo criterio.
suerte