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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #547053  por yamilazo
 
Colegas:

Tengo un caso donde mi cliente trabajo en negro para una fima de ahorro y capitalización (venta de planes de autos 0km) por 9 años, en los primeros meses hizo de productor asesor pero luego fue trasladados a otras provincias como jefe de ventas, encargo de equipo, estando al mando de promotoras, toma de asesores, de vendedores, coordinando a los mismoetc. luego en el ultimo año antes del despido le dicen que para seguir trabajando debia hacerse monotributista cosa que mi cliente no acepto. Yo mando carta documento intimando a regularizar la situación laboral por todo el periodo en negro. La empresa contesta y dice que el unico vinculo que tiene con mi cliente es el de productor asesor, pero según tengo entendido esta tarea puede ser autonoma o en relación de depedencia (el caso de mi cliente en los primeros dos meses de trabajo), además para que sea autonoma el asesor debe tener una credencial emitida por la Superintendencia de Seguros de la Nación, la cual la emite luego de hacer un curso a tal efecto , credencial que mi cliente nunca tuvo, además de estar inscripto como monotributista. Mi cliente cumplia ordenes de mis clientes, cumplia los objetivos de ventas impuestos por esta, la empresa le entregaba un automovil de su propieda para su movilidad, seguro que la empresa pagaba y auto con el cual mi cliente comotio algunas infracciones en algunas provincias donde trabajo y por ultimo mi cliente consiguio antes del despido indirecto un constancia firmada por la secretaria administrativa de la firma donde dice que mi cliente presta servicios como productor Asesor en la firma demanda con sello de la empresa.- bueno mis preguntas son:
1) que convenio colectivo es aplicable? el de los empleados de comercio?
2? que categoria vendedor b o c?
3? que les paree la demanda puede prosperar?
desde ya muchas gracias
 #547076  por Romina34
 
sobre el CCT aplicable no te se confirmar.
por lo que relatas fue una relación de trabajo de acá a la china. no me queda claro que es la figura del productor asesor, pero si ellos quieren hacer ver como que se trató de una relación comercial la que los unió, entonces, deberán acreditar un contrato comercial, facturas, etc, si nada de ello existió entonces se podría asumir que existió una relación de trabajo.
asumo que en tantos años debe tener cosas en su poder, me refiero a papeles de trabajo, clientes, tarjeta de la empresa, si le daban el auto debe de tener la tarjeta azul que lo autorice a manejar el auto de la empresa, ex compañeros de trabajo, en fin, todos los medios de prueba para probar una relación de trabajo.
saludos,
 #547205  por JoMarch
 
PARA MI EL CONVENIO APLICABLE ES EL DE COMERCIO.
ES RESIDUAL, EJEMPLO: VENDE DIARIOS ESTA EL DE CANILLITAS, VIAJANTE DE COMERCIO ESTA EL ESTATUTO, VENDE REMEDIOS EN FARMACIA ESTA EL DE SANIDAD, VENDE AUTOS ESTA EL DE CONCESIONARIAS, VENDE SEGUROS ESTA EL DE SEGUROS, SI NO HAY ESPECIFICO Y CREO QUE NO LO HAY VA EL DE COMERCIO.