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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #547385  por Alejandrina
 
Amigos:
Inicie un divorcio por el 214 inc. 2 (iniciado por uno solo de los conyuges)

en el primer proveido me dicen que antes de dictar la sentencia DEBERE AGREGAR CERTIFICADO DE MATRIMONIO O LIBRETA DE MATRIMONIO don de conste el DNI del demandado.

La cuestion es que... EN LA LIBRETA NO ESTA EL DNI DEL CONYUGE ( es mas...dice no consta...)y en los certificados de matrimonio tampoco.


Como sigo? en los proximos dias tengo audiencia previa.

En estos casos...primero podria pedir en oficio el registro de las personas para que informen el certificado de matrimonio completo? o ante esta situacion debo hacer una rectificacion de partida..?


mmmmm...y esto que parecia tan facil...

Saludos!!!
 #547681  por ronrrin
 
Estas segura que en el certificado de matrimonio no consta? si hay hijos en común debería figurar en las partidas de nacimiento, tal vez oficios al padrón electoral con el nombre completo y domicilio???; es una idea... suerte :roll: