Estimados colegas:
Una cliente me trajo una demanda laboral ya vencido el plazo para contestar la misma. Si bien dicho plazo ya fue superado, habría la posibildad de argumentar que no se pudo contestar a tiempo por motivos de salud, de índole psicológica, debidamente acreditados con certificado. ¿Alguien sabe qué oportunidad de éxito tiene esto? Es decir: ¿es posible que aún vencido el plazo, si se argumentan motivos valederos, se acepte la contestación y la prueba ofrecida por la demandada?
Gracias.
Una cliente me trajo una demanda laboral ya vencido el plazo para contestar la misma. Si bien dicho plazo ya fue superado, habría la posibildad de argumentar que no se pudo contestar a tiempo por motivos de salud, de índole psicológica, debidamente acreditados con certificado. ¿Alguien sabe qué oportunidad de éxito tiene esto? Es decir: ¿es posible que aún vencido el plazo, si se argumentan motivos valederos, se acepte la contestación y la prueba ofrecida por la demandada?
Gracias.
