A los integrantes de foro, recurro con esta pregunta por falta de conocimiento en esta situacion:
Un cliente tiene pagado 2 (dos) veces consecutivos los siguientes periodos: 08/1980 y 04/1994, ¿es posible que rechazen el SICAM, por estos pagos repetidos? Desde ya gracias.
Un cliente tiene pagado 2 (dos) veces consecutivos los siguientes periodos: 08/1980 y 04/1994, ¿es posible que rechazen el SICAM, por estos pagos repetidos? Desde ya gracias.
Hola a todos, soy nuevo integrante del portal de abogados, gracias por poder adherirme a este medio.