Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMO PROBAR EL TRABAJO NO REGISTRADO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #535991  por doctoranataliavarela
 
HOLA! TENGO UN CASO DE TRABAJO NO REGISTRADO, MI CLIENTE SE DESEMPEÑABA COMO PERSONAL D LIMPIEZA EN UNA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CONCRETAMENTE LIMPIANDO LOS COLECTIVOS, Y LUEGO DE ENVIAR LOS TELEGRAMAS CORRESPONDIENTES SOLICITANDO LA REGISTRACION FUE DESPEDIDA VERBALMENTE, LA CUESTIÓN ES BASICAMENTE QUE MEDIOS PROBATORIOS SON MAS EFICACES PARA PROBAR ESTE TIPO DE RELACIÓN DONDE NO EXISTE NINGÚN TIPO DE DOCUMENTACIÓN AL RESPECTO,POR SUPUESTO QUE CONTAMOS SOLO CON TESTIGOS PERO EL CRITERIO JUDICIAL EN EL LUGAR ES MUY RESTRINGIDO CON RELACIÓN AL TESTIMONIO COMO PRUEBA SUFICIENTE PARA DEMOSTRAR EL VINCULO, QUISIERA QUE DESDE SUS EXPERIENCIAS ME PUDIERAN APORTAR IDEAS. MUCHAS GRACIAS!!!
 #536029  por doctordoctor
 
- La empresa no tiene videos de seguridad... ?

- Ropa con el logo de la empresa (esto no prueba nada pero antes que nada, la nada misma)

- Se me acaba de ocurrir una prueba muy loca que no se si alguien la pidio alguna vez.. una pericia de huellas dactilares sobre algun locker donde guardabas tu ropa o lugares donde estabas generalmente... y tocabas con las manos no se cuanto duran las huellas impregnadas.. algun penalista por ahi..?
 #536448  por dariord
 
Te tiro una idea para otra prueba, que se suba a un colectivo de la linea con una escoba y un balde le sacas una foto, (arregla con unos mangos al chófer) y la presentas. Te vas a reír pero así se gano un juicio de un empleado de un club.
 #538458  por touche
 
Hola considero que con tres a cinco testigos reales no tendrìas inconveniente en probar la relaciòn laboral, Touche.
 #538463  por albrecht
 
En principio rige la presuncion del art. 23 de la LCT, de todas formas podes pedir audiencia para exhibicion del libro del art. 52 (cuidado que no te juegue en contra), testigos y cualquier documentacion que poseea sobre la prestacion, testimonial de los choferes, etc. Pero es la patronal quien debe probarte que no trabajo para vos. osea que si esta negada la relacion solo tenes que alegarla.
Espero que te sirva.
 #547538  por jorgelance
 
Estimado:

Dudo que en un colectivo (con la cantidad de personas que entran y salen, manosean, etc.) pueda probar nada desde lo pericial dactiloscopico, porque por un lado, las huellas tienen una duracion acotada, segundo pueden estar contaminadas y estar borrosas, y finalmente, la empresa puede decir que se traslado en el micro solo como cliente/pasajero, no como empleado.

Le aconsejaria lo siguiente: boletos de omnibus por su traslado al lugar (si son en el mismo horario, diariamente, resultan una prueba mas) testimonios, fotografias si las tiene y cualquier otro elemento probatorio util.

Saludos cordiales

_LIC. OLGA HAYDEE FERNANDEZ CHAVEZ_

Lic. en Criminalistica
Perito en documentología
Calígrafo Público Nacional
Perito en Balística
Analista en Accidentología vial

Visite nuestra web: www.gabinetepericial.com.ar
Mail: info(arroba)gabinetepericial.com.ar
Tel/Fax: +5411 47026900

Cel (urgencias): +5411 155 597 6933
 #549257  por doctordoctor
 
mmm buena la info, igual la pericial no era en el bondi, era en su locker.. Igual no esta prohibido publicitar en el foro?
 #549361  por rominasrodriguez
 
Hola, no tenes nada que probar, al menos hasta que inicies una demanda, en ppio tenés que enviar un telegrama intimando por la ley 24013, recibirás una respuesta en la cual niegan todos los términos de tu telegrama, a lo que respondes nuevamente considerandote despedido.
Alli, realización la liquidación, incluyendo las multas de la 24013. Si es en capital, pedis una audiencia en el seclo, si allí no se concilia, tenes habilitada la vía judicial.
Espero te sirva, saludos!!!
 #549562  por jorgelance
 
Estimado:

En el locker (si lo tenia) con el paso del tiempo el resultado seguramente tambien sera inconducente, pues seguramente se limpia cada cierto tiempo, o si no se hace posee una capa de grasa y tierra que dificulta la fijacion de las huellas.

Y asimismo, se informa previamente de la realizacion de la pericia a la parte... y adios prueba.

Respecto a la publicidad, en realidad antes participaba sin poner datos hasta que vi que varios peritos ponian sus datos (como sebastian zandueta, caligrafo, y un lic. en criminalistica que no recuerdo el nombre) y asumi que es lo usual cuando uno no es abogado ya que mi aporte no es en lo legal, sino que opino desde mi capacitacion especifica y realmente, si no aclaro quien y en que me respaldo para opinar dudo que alguien tenga en cuenta mis comentarios forenses".
 #550218  por documentologia
 
coincido con el profesional anterior, la informacion que brindo es para que la parte que lee pueda saber mis conocimientos, los años profesionales que tengo, etc, ya que aqui a veces opinan estudiantes, abogados y otros profesionales. No concidero poner mis datos como publicidad ya que figuren no garantiza una contratacion mas siendo que estoy asesorando sin redito alguno a letrados, por ende con la ayuda recibida de parte de profesionales no abogados hasta podrian evitar pagar un asesoramiento.
saludos