El amparo procede frente a toda decisión, acto u omisión arbitrarios de la autoridad "excepto la judicial", o de particulares, restrictivos o negatorios de los derechos subjetivos y las garantías específicas establecidas en la Constitución, tanto en el caso de una amenaza inminente cuanto de una lesión consumada, a los fines del cese de la amenaza o del efecto consumado. Si la ejecución hipotecaria es del tipo "administrativa" y ésta no respeta el debido proceso, el derecho de defensa, la defensa en juicio y resulta írrita a las leyes, a la constitución, puedes interponer una nulidad del expediente o de la subasta. Hay jurisprudencia nacional sobre el tema. Suerte.