Buenas... quiero saber los derechos de una persona contratada bajo regimen de contratación de locación de servicios, que ejecuta tareas de asesoría profesional a la dirección general, pero ésta, al no contar con personal de planta que pueda ejercer el trabajo deseado y requerido, ha contratado a un profesional.
Esta persona contratada por la dirección, esta desempeñando tareas en una oficina en la que hay gente de planta trabajando. Y que éste personal de planta debería encuadrase debajo del mando del profesional contratado.
Pero no hay nada explícito en su contrato que así lo avale. Y el nombramiento no especifica la dependencia del personal de planta sobre él Entonces, ¿el personal de planta, debería acatar las órdenes del profesional contratado? ¿como se puede justificar legalmente ello? ¿o debería depender directamente del director gral y no del profesional contratado?
muchas gracias!!!
Anny
Esta persona contratada por la dirección, esta desempeñando tareas en una oficina en la que hay gente de planta trabajando. Y que éste personal de planta debería encuadrase debajo del mando del profesional contratado.
Pero no hay nada explícito en su contrato que así lo avale. Y el nombramiento no especifica la dependencia del personal de planta sobre él Entonces, ¿el personal de planta, debería acatar las órdenes del profesional contratado? ¿como se puede justificar legalmente ello? ¿o debería depender directamente del director gral y no del profesional contratado?
muchas gracias!!!
Anny
