porq no haces una denuncia por email denunciando q transcurrio demasiado tiempo y menciona a carta compromiso por el ciudadano, te paso el modelo q siempre uso y a los pocos dias aparece resuelto, el email envialo a Denuncias(arroba)anses.gov.ar
Ref: XXXXXXXXX, ALBERTO JUAN
CUIT: 2XXXXXXXXX
NRO DE EXPTE: 024-20-XXXXXX-7-006-1
PENSION DIRECTA
SR. JEFE ANSES:
Quien suscribe, Dra. XXXXXXXXXXXXXX, ABOGADA, con domicilio en XXXXXX de la localidad de xxxxxxxxxxxx, provincia de Santa Fe, en virtud del poder presentado en el expediente y en representación del Sr. TERRUSIxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, cuit 20-xxxxxxx-7, quien constituye domicilio en el antes mencionado, me dirijo a Ud., a los efectos de solicitarle un pronta resolución para el trámite de referencia, habida cuenta que el tiempo desde su inicio ha transcurrido un lapso de tiempo considerable, dado que fue iniciado el XX/XX/XXXX, estando en estado XX desde el XX/XX/XXXX, habiendo logrado notificarme personalmente en la Udai XXXXXXXX donde se encuentra el expte. acompañe la documental solicitada dado que la carta notificadora nunca llego a nuestros domicilios.
En consecuencia, solicito se tenga en cuenta el hecho denunciado, todo fundado en el derecho a recurrir a una instancia judicial , ya que al respecto la jurisprudencia ha sostenido que: “La obligación de la administración de decidir las cuestiones que se le planteen en término (art. 1° de la ley 19.549), no es ajena a los organismos previsionales, por lo que frente al silencio el particular tiene la opción de esperar el dictado de la resolución o bien acudir a la instancia administrativa o judicial que corresponda, pues cuenta con un medio idóneo para la protección de sus derechos frente a la actitud pasiva que lo perjudica (arts. 10, 28, 23 y 26 de la ley de procedimientos administrativos)” (cfr. sent. del 24.04.01,”Villareal, Clara Baudilia”). C.F.S.S., Sala II sent. 121060 07.05.07 “REICH DE ADAMOW, HEDI ARCONA c/ A.N.Se.S. s/ Pensiones” (F.-D.-H.) Boletín jurisprudencia nº 46 .
El solicitante, ha evitado acudir a una instancia judicial, pero habiendo transcurrido tanto tiempo desde el inicio, y por no haber cumplido, no le queda otra solución, ya que el mismo no tiene ingresos de dinero y no tiene como solventarse. Agradeceré que se proceda a modificar el estado del tramite, dentro de las 72 horas de recibida la presente, ya que las solicitudes comunes no se han atendido, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales contra esta administración y por incumplimiento carta compromiso y daños y perjuicios Atentamente.