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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #545686  por curaruben
 
hola quiero saber si alguien me puede ayudar, me enviaron la art la recalificacion en mi trabajo, o sea mi jefe me tiene que poner en otro puesto de trabajo acorde a lo que yo hoy puedo hacer,
en cualquier momento ya le van avisar a el la art de esta medida, pero de todas maneras el ya lo sabe, pero me dice que yo vaya sabiendo que no hay otro puesto para mi ya que es una empresa muy chica familiar, mi pregunta es la siguiente ...
si el no me puede recalificar, me tiene que despedir no?
de ser asi que me despide me tiene que indezmisar no?

la art me tiene que pagar por la discapacidad que tengo .... pero mi jefe en caso de despedirme es el quien tiene que pagarme el despido? es asi? .....
o mi despido laboral entraria en la misma plata que me tiene que dar la art cuando me pague por mi discapacidad?.

gracias y ojala alguien puede ayudarme, porque me preocupa que mi jefe me despida sin pagarme el despido ...
y les pregunto lo ultimo ... hace 9 meses que trabajo para el y cobro un sueldo de 2.400 $ ahi estan los aportes incluidos, cuanto me tocaria de indezmisacion si es que me corresponde en caso de despido?.

gracias
 #545904  por DonLey
 
Si la empresa en la cual trabajar no puede recalificarte, debe despedirte e indemnizarte pero por el Art. 247 LCT, 50% de la indemnización por antiguedad, el resto de los rubros cobras al 100%. Por otro lado la ART una vez que determine el grado de incapacidad que tenés, de acuerdo a tu sueldo y tu edad tambien debe pagarte una suma de dinero por única vez.
 #545912  por agentil
 
Te recomiendo que consultes con un abogado de confianza para defender bien tus derechos. saludos!!
 #549032  por pablorodriguez
 
Es erroneo lo opinado, si tu empleador no puede recalificarte debe abonarte el 245, pues el 247, no se aplica pues esta destinado a la enfermedad inculpable.
 #550844  por DonLey
 
Es correcto lo opinado a ppio.... Art 212 LCT.

2do parrafo remite a la indemn. por Art 247.
3er parrafo remite a la indemn. por Art 245.

El tema es si está o no en condiciones de hacerlo.
La carga de la prueba de que no tiene otro puesto es del empleador.
Asimismo, no está obligado a crear un nuevo puesto de trabajo para satisfacer la necesidad del empleado.