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  • Trabajador en negro - despido posterior a regularización

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #548839  por Fawkes
 
Hola ..! les dejo una consulta :

Un cliente a quien ya le inicie el reclamo por laborar si estar registrado , continua llendo a trabajar .El empleador al llegarle el TCL dice que lo va a
poner en blanco ( de palabra ) , pero a los pocos dias le niega trabajo.

1) como opera la intimación por 30 días de la 24013 si en ese tiempo el empleador disuelve el vinculo ?. Ademas, se cuentan los 30 días corridos o por días habiles ?

2 ) El trabajador ,además ,me cuenta que omitio comentarme que le debian SACS,HS extras,etc... que al no haberme dicho omití el reclamo en el
primer envio epistolar ... puedo mandar un nuevo envio ratificando el anterior en todos sus términos , aclarando situacion por la negativa de tareas e
intimando al pago de los rubros que aún no se reclamaron ?


Desde ya muchisimas gracias !
 #548876  por MORGAN
 
Si no registra o corrige la registración, la intimación funciona de la misma manera exista o no despido. tener en cuenta que de palabra no funciona la cosa, si le niegan tareas hay que intimar a que le aclaren la situación y apercibir. 30 días corridos. No es necesario ratificar la intimación a registrar intimás a que le aclaren la negativa de tareas y reclamás lo adeudado.
 #549176  por aguchi
 
Yo intimaría a que aclaren situación laboral y relacionaría este impedimento de trabajo con mi intimación a registrar.
Si no responden tu injuria sería la negativa de tareas, por lo cual tendrías todos los rubros indemnizatorios mas el art. 15 de la 24013.
Despúes creo que deberías esperar a ver si registra o no para ver si procede el art. 8.
Saludos!
 #549229  por Fawkes
 
ok !

y mientras tanto se tiene q presentar a su puesto de trabajo ?..porque mas alla de la intimacion verbal no hubo notificación fehaciente y el trabajador por mas que lo hagan
laborar tiene temor de hacerlo y que no le paguen.
 #549241  por MGABRIELALL
 
HOLA
PERO SI YA LE NEGARON TAREAS (PUNTO 1 DE TU CONSULTA) Y POR ENDE VAS A INTIMAR ACLAREN SITUACION LABORAL POR ELLO, TE TIENEN QUE CONTESTAR EN 48 HS SI NO LO HACEN O TE CONTESTAN NEGANDO LA RELACION LABORAL, YA TENES QUE CONSIDERARTE INJURIADO Y DESPEDIDO. SIN NECESIDAD DE ESPERAR EL PLAZO DE 30 DIAS DE REGISTRACION SI YA TE NEGARON TAREAS O LA RELACION LABORAL ...PARA QUE??
OTRA COSA ES QUE TE NIEGEN LA NEGATIVA DE TAREAS Y LO INTIMEN SE PRESENTE A TRABAJAR, AHI SI TIENE QUE IR! Y VER QUE EN EL PLAZO DE 30 DIAS EFECTIVAMENTE LO REGISTREN.
LAS MULTAS DE LA 24.013 YA LAS TENES ADENTRO.
SALUDOS!
 #550379  por Fawkes
 
Barbaro !
Ya se curso el TCL intimando aclare situacion laboral en virtud de la negativa de tareas , ademas hice referencia a la intimación anteriormente enviada.

Ahora,la duda es la siguiente : En el 1er TCL yo intime por 30 dias para q registre la relacion por la 24013 (tambien se notifico a la AFIP ). Al día de hoy este envio no fue contestado
,solo manifestaron verbalmente al trabajador que la intención era blanquearlo ,obviamente el modo verbal de notificación carece validez , sumado a esto recientmente
le niegan tareas al trabajador.

PREGUNTA : En razón de la intimacion por aclaracion de situacion laboral , la espera por la intimacion de los 30 dias corridos para regularizar es necesaria si llegara a negar la relación laboral o se muestre reticente ante la intimación ? en estos casos ,que multas serían procedentes en este caso ?

muchas gracias !