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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #550881  por dieyali
 
Hola a todos
A mi cliente le enviaron el telegrama de despido el dia 31/03/10 no estaba en su domicilio ( se encontraba fuera del pais en se momento, situacion que puede probar) en el mismo cuando lo retiro del correo el dia 8/4/10 decia domicilio cerrado.
Mi pregunta es: El empleador esta obligado a abonarle el mes de abril, ya q el trabajador se notifico fehacientemente el dia 8 de ese mes?
En caso afirmativo q deberia hacer si el empleador no lo quiere abonar dentro de la correspondiente indemnizacion?
Gracias slds
Dieyali
 #550930  por mgriffiths
 
El mes de abril completo no tiene que ser abonado. Se le deben ababonar los días el mes de abril hasta la fecha en la que se perfeccionó el despido.

Espero que te sirva, cualquier cosa no dudes en consultarme.

Saludos

Miguel.-