Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Jubilación forzosa Pcia de Buenos Aires

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #551280  por eugevega
 
Dos consultas: Por un lado, por decreto 2676/09 se me quiere jubilar por edad avanzada (65 años) y con 24 años de aportes. Qué recursos puedo implementar para que ésto quede sin efecto? Ya que me es imposible subsistir si nos pagan el 60% de mis haberes hasta que se me otorgue la jubilación.
Luego: una vez jubilada: cuánto cobraría con un sueldo de bolsillo de $ 2300?
Gracias, espero pronto respuesta
 #551303  por almabal
 
Provincia te jubila cuando llegás a los 65 años. Si no reunís los 35 es tu problema. Te aconsejo que rompas el chanchito y "compres" en autónomos unos años que te permitan acunular algo más, previo reconocimiento en ANSES. Luego lo llevás a IPS.
 #551419  por aramis
 
Una vez cumplido los 65 años de edad y no teniendo los 356 años de servicios se pierde la estabilidad laboral.El 60% es solo como anticipo; ahora bien el porcentaje por el cual se accede al beneficio tratandose de una Jubilacion por Edad Avanzada el haber será igual al 50% del haber de la Jubilacion Ordinaria; ese porcentaje se incrementa en un 2% por cada año de servicios que exceda de 10 años.
Si compraras años ante la Administracion Nacional solo te permitiria acceder al porcentual del haber de la Jubilacion Ordinaria, no asi sobre la antiguedad.