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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #551990  por markello
 
Los que hacen reajuste de haberes contra el anses, han escuchado el tema de RESERVA DE HONORARIOS, es decir, a la hora de depositar el anses el retroactivo judicial, descuentar los honorarios regulados y depositarlos judicialemente.

Sabemos de la falta de ejecutoriedad de los convenios y que la anses cuando paga lo hace en su totalidad a nombre del beneficiario.

Pregunto sobre la posibilidad de RESERVA DE HONORARIOS, no obstante que en la mayoria sean bajos y siempre inferiores a los pactados, seria interesante la viabilidad del deposito judicial de los honorarios por parte de la anses descontandolo del retroactivo a depositar.

Es una idea que creo es viable entre los reajuste de militares, o beneficiarios de otras cajas, quizas se pueda hacer para los jubilados del anses, yo no lo hice nunca.

El Anses a la hora de liquidar sabe cual es el beneficio, abogado, exte judicial y juzgado interviniente, quizas sea viable a futuro obtener esta forma de percibir los honorarios.

Es solo una idea para evitar los incobrables, ejecuciones de honorarios pero claro, el problema esta entre lo que se regula y lo que se pacta.

No busco discusión y quizas a mucho no le guste la idea, pero lo pongo a conocimiento de los colegas para ver si lo consideran viable o no.
saludos
 #551999  por Dra. Marita
 
Markello, una abogada en una cola de seguridad social hace un tiempo me dijo que hacía eso cuando un cliente se le ponía de punta, cuando ya sabía que no le iba a poder cobrar y "perdido por perdido"...
Que ponía "que habiendo perdido contacto con su cliente...". Por lo que me explicó, según el Jdo. algunos le hacían lugar y otros no.-
 #552027  por markello
 
Muchas gracias por la respuesta, la verdad lo habia oido por alli pero no sabia si era procedente.