Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • MODELO DE DEMANDA DE DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #423022  por fabidoc
 
Pienso que el convenio podría ser válido si ahora fuera ratificado por las partes.- Y justamente quien podría objetarlo por inválido recibió dinero y no creo que ahora quiera devolverlo...o sea hubo principio de ejecución.-
 #430672  por DraMoi
 
Hola!
A ver, me hice lío!
Un matrimonio separado hace más de 20 años, tramita en san justo. Cómo lo presento para que salga lo más rápido posible y con un sólo abogado por ambos?
No hay bienes y los hijos son mayores.
Gracias!
merlina escribió:Es verdad que es una ensalada presentar por 215 con la salvedad del cumplimiento del art 214 inc 2, pero reitero que es la manera en que el divorcio sale más rápido porque es el mismo Tribunal el que adapta para juzgar.
Por ejemplo, si quiero hacer un 214 inc 2 firmado por ambas partes, seguramnete me pedirán 2 letrados (uno por cada parte) pues estamos frente a un contradictorio. En el otro caso lo firma uno solo y así sale la sentencia. Es cuestión de ir viendo que nos conviene para agilizar, sobre todo me entenderán los que litigan en Lomas de Zamora.
 #430798  por yobren
 
hola!!
el mas rapido es el divorcio por causal objetiva, art 214 inc 2do: La separación de hecho de los cónyuges sin voluntad de unirse por un tiempo continuo mayor de tres años, con los alcances y en la forma prevista en el artículo 204.
saludos!!
 #430842  por Doncella_de_Orleans
 
DAL escribió:Juaz!!!!
Si!!
Un año despues tuvo un accidente terrible, subiendo a un puente tipo rulo de acceso a autopista, inexplicablmente se cayo (bueno, inexplicablemente para cualquiera que no lo conozca, para los demás, la explicacion de por que se cayo con auto y todo es OBVIA) con auto y todo, varios metros abajo, el auto se clavó de punta, el tipo se rompio todos los huesos de la clavicula (incluida) para abajo, dos piernas, varias costillas, cadera, un brazo, estuvo en coma 40 días, Y NO SE MURIO!!!!! bicho malo . . . . . Cuatro meses de internación, pensamos que obrarían el milagro. Al termino salio bastante más humano, ya no despliega los actos que fundaron la violencia. Un caso terrible fue, un día le prendio fuego a la casa de los padres de la mujer, tirando bombas tipo molotov, pero en pedo . . . suponemos que se tomó la mitad del alcohol, y estaba tan en pedo que las estrellaba contra las plantas del frente, no llegaba a la ventana. Un día mi cliente se levanta y ve su casa rodeada por la policía, tipo pelicula. El tipo venía, super en pedo, en colectivo desde otra localidad hacia donde viviá la mujer, y todo el viaje vino gritando que iba a matar a la mujer, que le iba a prender fuego a la casa, que iba a matar a las hijas. Claro que iba un policía en el mismo micro y la directora de la escuela. Nadie le dijo nada en todo el viaje pero la directora y el policía alertaron a la policía del pueblo, pidieron refuerzos a Rosario, rodearon la casa, la escuela, y lo esperaron al señor en la parada del micro, con los brazos abiertos, y un auto particular con sirena . . . a la cana, 10 días. Se imaginan la cara de mi cliente que no se enteró de nada . . . se levanta, corre la cortina, mira por la ventana y tenía 20 efectivos rodeando la casa!!!! (el tipo ya tenía prohibición de acercamiento).
A mi nunca me toca uno sencillito, facilongo, con tres o cuatro piñas nomás. Naaaaaaaaa, me tocan cada loco.


Igual, el convenio esta presentado en el expediente de divorcio, cuando yo vi que el tipo empezaba a remolonear, antes de la segunda audiencia, o mejor dicho en el medio de todas esas audiencias pospuestas, presenté el convenio a los efectos que se tenga presente lo acordado en éste. Asi que ya esta incluido el acuerdo en ese divorcio por presentanción conjunta que esta desistido.


Aca les pongo el acuerdo, asi me dicen si me sirve o no me sirve.

Los valores, en el 2004, sonaban más normales, sobre todo el inmueble. Ahora esta mas desfasado, igual es en un pueblo el tema donde los inmuebles valen casi nada, ojo con esto.

Mmmm, recién veo el post. Los acuerdos sobre adjudicación de bienes están sujetos (para su validez) al dictado de la sentencia de divorcio que es lo que disuelve la sociedad conyugal.
Por otro lado, los esposos no pueden atribuir el caracter de propios o gananciales a los bienes mientras está vigente la sociedad conyugal.
No asistir a la segunda audiencia de divorcio implica que queda sin efecto la petición de divorcio vincular, efecto mucho más evidente e indiscutible en el caso de que el cónyuge manifieste su intención de no divorciase. Entonces desistido el proceso, desaparece la posibilidad de acordar validez al acuerdo de adjudicación dado que la sociedad conyugal no se disuelve porque no hay sentencia de divorcio. Los cónyuges siguen casados. Y sigue vigente la sociedad conyugal, CUATRO años más. Ese acuerdo, a mi criterio, se transformaría en un acuerdo sobre el carácter de los bienes y su adjudicación ESTANDO vigente la sociedad conyugal, lo que está prohibido.
El problema en este caso es que la esposa compensó una diferencia con dinero en efectivo. Cuando se me presenta ese caso, acuerdo el pago en cuotas, la primera al día siguiente de celebrada la segunda audiencia si es que están apurados. Si no, una vez firma la sentencia.
Opino que el acuerdo no vale para el caso del 214 iniciado después. Pero si en él queda constancia del primero pago o del pago de la diferencia, ese dinero podría considerarse ya en poder del esposo por lo tanto la nueva liquidación no propondría una compensación atento a que el dinero ya le ha sido entregado con anterioridad (quiero creer que el dinero con que compensó la esposa era propio).
 #431729  por sandraleon1966
 
Hola te envio un modelito, espero que te sirva adecualo a tus datos
SUMARIO:


ACTORES: .


MATERIA: DIVORCIO POR ARTICULO 214 Inc.2º.-


DOCUMENTACION: ACTA DE MATRIMONIO, UNA PARTIDA DE NACIMIENTO, BONO LEY 8.480, IUS PREVISIONAL, TASA DE JUSTI-CIA y CONTRIBUCION SOBRE TASA DE JUSTICIA.-


INICIAN DEMANDA:



EXCELENTISIMO TRIBUNAL:


…………………(D.N.I.-------), con domi-cilio real en la calle..............................de la localidad y partido de Lomas de Zamora y .....................(D.N.I......................), con domicilio real en la calle ........................de la localidad y partido de Lomas de Zamora, ambos por dere-cho propio, fijando domicilio procesal conjuntamente con nuestro letrado patro-cinante Dra …………, Abogado, C.A.L.Z Tº…., Fº …, C.P.S.A.P.B.A Nº …….., CUIT Nº ……, I.V.A RESPONSABLE NO INSCRIPTO, en ………. de la localidad y partido de Lomas de Zamora, a V.E. nos presentamos para decir:
I - OBJETO:
Que venimos en forma conjunta a promover formal demanda de DIVORCIO VINCULAR (art. 214 Inc. 2) por mutuo consentimiento, por las causas de hecho y derecho que a continuación pasamos a exponer.-

II - HECHOS:
Que el día ...........................................contrajimos primeras nupcias en la Ciu-dad y partido de Lomas de Zamora conforme surge del acta de matrimonio res-pectiva que acompañamos en la presente.-
De dicha unión nació nuestra única hija -----------el día-------------, tal como lo acredita el certificado de nacimiento que acompañamos. Nuestro matrimonio se conformó por un lapso de …(….) años y … (…..) meses y concluyó en el mes de … de…. , fecha en la cual se produjo la separación de hecho, sin voluntad de unirnos hasta el día de la fecha.-

III - DERECHO:
Fundamos el derecho que nos asiste en lo normado en los Art. 214 Inc. 2º, y subsiguientes de la Ley 23.515, doctrina y jurisprudencia aplicable al fuero y en los Artículos pertinentes al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.-

IV - PRUEBA:
Aportamos los siguientes do-cumentos:
a) Acta de Matrimonio.
b) Certificado de Nacimiento de nuestra hija.


V- SOLICITO CERTIFICACION Y DESGLOSE:

Que atento a la documentación original acompañada (acta de Matrimonio y Partida de Nacimiento) y ante la necesidad de disponer de las mismas acompañamos fotocopia simple a los efectos de que luego de ser certificadas V.E. ordene su desglose.-



VI- COMPETENCIA:

V.E es competente para entender en la presente causa ya que el ultimo domicilio conyugal fue en la calle ......................................de la localidad y partido de Lomas de Zamora, con-forme con lo ordenado por el Art. 227 de la ley 23.515.-

VII - ACUERDOS:
Solicitamos se homologue el siguiente acuerdo:
1) TENENCIA: La hija de ambos quedaran en forma definitiva al cuidado y convivencia de la Sra.......................................................-
2) ALIMENTOS: Ambos padres . ....................................se compromete a abonar una cuota alimentaria de........... $ .- (............pesos ) a favor de la me-nor......El Sr......... pagara del 1º al 10 de cada mes, el equivalente del 50% de todos los gastos usuales de la manutención del menor, como vestimenta, ali-mentos, educación, esparcimiento recreación, etc, como así también a abonar y hasta finalizar al 50% las restantes cuotas hipotecaria del ……., cuya cuota mensual asiende a …… $ sobre el inmueble ubicado en la calle...................de la localidad de ...................bajo dominio......................
Asimismo tanto el cumpleaños de la menor, como la compra de utiles escolares de principios de año y /o mediados de año, se abonara aparte de la cuota ali-mentaria, soportando dichos gastos en un 50%cada progenitor.
En otro orden de cosas se compromete a mantener la cobertura médica ............................... -
No hay alimentos entre las partes.

3) REGIMEN DE VISITAS Y SALIDAS: Las partes acuerdan en beneficio de la menor, un régimen de visitas amplio a favor del Sr................................, pudiendo retirar a la niña cualquier día de la semana, situación que será acordada entre las partes como mínimo con 24hs de anticipación, el lugar y la hora en que retirará y restituirá a la menor y si va a pernoctar o no con él, sin perjuicio de lo expuesto ambos progenitores acuerdan el siguiente regimen de visitas, con el fin de organizar tanto sus actividades como las de la menor:
A) Fin de semana por medio a partir del día viernes a las 16.30, se comprometen a retirar del establecimiento educativo a la menor, hasta el lunes a las 8.00 hs reintegrándola al mismo.-
B) Un día en la semana, los días MARTES y JUEVES, en forma al-ternada el padre retirará a la menor del colegio……………….. a las ….. hs. y la reintegrará a su domicilio a las……hs, horario in-cluye la cena con el menor.
C) Día del padre y de la madre: El menor permanece con el progenitor que corresponda según la celebración.
D) Día del niño un año con cada progenitor, comenzando este año con La madre y a partir del próximo año en forma viceversa.
E) Semana Santa y Pascuas: jueves y viernes santo con la madre y sábado de gloria y domingo de Pascuas con el padre y el próximo año en forma viceversa.
F) Noche Buena y Navidad, con la madre, año nuevo y 1° de enero con el padre, reyes magos un año con cada progenitor y el próximo año en forma viceversa.
G) Respecto a los Feriados Nacionales y conmemoraciones en general, en forma intercalada, un año con cada progenitor, o si pasara para fin de semana con el progenitor que corresponda quedarse la menor.
H) Vacaciones de invierno una semana con cada progenitor y vaca-ciones de verano.............................
I) Cumpleaños del menor: la madre seguirá organizando la celebra-ción de estos cumpleaños que habitualmente realizan en su hogar, o en salones fuera del hogar del menor, tanto el padre como los familiares paternos podrá participar de ellos. El costo del evento sera abonado, el 50% por el Sr............................y el otro 50% por la Sra.................................. de común acuerdo de ambos progenito-res, como fue establecido en el item alimentos.
J) Cumpleaños de la madre, del padre, de los abuelos/as, tíos/as, pri-mos/as, padrino, madrina, ya sean maternos o parternos permane-cerá con el progenitor que correspondiera.
K) De los cumpleaños compañeros y amigos de la menor, indistinta-mente del día que se festejen o con cual de los progenitores se en-cuentre, será el encargado que la menor asista a los mismos.
L) En todos los casos anteriores se respetara lo allí establecido, aún en caso de no coincidir con la fecha del régimen establecido en el punto A.
M) En caso de permanecer en dichos días fuera del domicilio de cada progenitor, ambos se comprometen a informarse recíprocamente y con anterioridad la dirección y el teléfono al cual comunicarse con la menor.
N) Este régimen de visitas podrá ser modificado, de común acuerdo de ambos progenitores si es que las circunstancias personales de alguno o de ambos varían en el tiempo de modo tal que se torne desaconsejable para el interés del menor mantener el presente régi-men.

-Respecto de la escolaridad de la menor, el padre participará de las decisiones que tengan que ver con ello, tanto sobre la elección de instituciónes educativas, como todas las actividades que de ello se desprendan, siempre y cuando los gastos puedan ser solventados con la cuota alimentaria, caso contrario el padre y/o madre, deberá abonar aparte la diferencia de lo decidido por alguno de ellos.
4) ACERVO CONYUGAL: atento que el Sr...........................y la Sra..............
ya han repartido el resto de los bienes muebles que conformaban la sociedad conyugal, denuncian que los únicos bienes registrables, que conforman la so-ciedad conyugal actualmente esta compuesto por a) el inmueble sito en la ca-lle..........Nº.........partido de Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, bajo Nomenclatura Catastral: circunscripción..., sección..., manzana...,parcela..., ma-tricula.....y b) rodado.........bajo dominio.......................

5) LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL:
Ambas partes conviene, que una vez cancelado el pago total del credito hipote-cario que recae sobre el inmueble ............................................el cual será sopor-tado en partes iguales por los esposos, el Sr...............................cede todos los derechos y acciones que le pudieran correponder sobre dicha propiedad, a favor de la Sra.......................................................la cual acepta en este acto, y sobre el vehiculo dominio............................la sra.......................cede todos los derechos y acciones que le pudieran correponder sobre dicha propiedad, a favor de la Sr.......................................................el cual acepta en este acto.
Por lo acordado el rodado se registrara integramente a nombre del Sr............ inmueble, sito.................se escriturara integramente a favor de la Sra..............
Cada parte se hará cargo de los gastos que origine la inscripción de los bienes a sus nombre.

6) COSTAS: Las mismas serán soportadas al 50 % por el Sr...................y 50% por la Sra....................................-


VIII- AUTORIZACION:
Se autoriza a la plena compulsa del presente expediente, facultando expresa-mente al Sr…………..o Dr……………, a consultar y retirar en préstamo el expediente, dejar nota, retirar oficios, cédulas y mandamientos, presentar escri-tos, retirar copias de traslado dejando nota en el expediente, asistir a audiencias y todo otro acto, ello con amplias facultades de práctica.


IX- PETITORIO:

Por todo lo expuesto precedentemente es que solicitamos a V.E.:

1) Nos tenga por presentado por parte y domicilio legal indicado;
2) Sé de traslado al organismo pertinente en estos Autos;
3) Se tenga por acompañada la documentación (Acta de matrimonio y partida de nacimiento), y por oblado bono ley 8.480 Ius Previsional, Tasa de Justicia y contribución sobre Tasa de Justicia.-
4) Oportunamente se certifiquen las copias que se acompañan y se ordene el desglose de los originales;
5) Se dicte sentencia de divorcio vincular y se homologuen los acuerdos Ut-Supra mencionados;
6) Se ordene la inscripción de la sentencia del divorcio en el registro de Estado y Capacidad de las Personas de la Provincia de Bs. As.


PROVEER DE CONFORMIDAD
SERA JUSTICIA
 #436844  por JAVIBAR
 
Disculpa veo que conocen muy bien el tema de familia...
he leido todo el post

en cuanto a los bienes hay dos posturas que no acuerdan cual es la conveniene.

1) obtener primero el divorcio, firmar en ese momento un acuerdo de adjudicacion de bienes de la soc conyugal y luego presentarlo para su homologación.

2) se han enviado modelos en ese post que solicitan por el 214 inc 2 y en el mismo escrito presentan el acuerdo de bienes.

a) Se plantea en algun momento que eso no se puede hacer, no me queda claro porque porque si bien el 236 lo permite expresamente no veo quelo prohiba en le 214 inc 2? les han rechazado el acuerdo?? porque otros como veo lo han presentado asi....?

b) Si hago un acuerdo paralelo aparte, y los acuerdos sin el divorcio no son válidos como se plantea, entonces como hago para decir que se firmaron despues si hago certificar las firmas teniendo alli fecha cierta...

espero respuesta en relacion a los bienes por el 214 inc 2
desde ya muchas gracias

les comento que si bien viven bajo el mismo techo en verdad hace mas de 4 años que no cohabitan lo voy a plantear ello hablando de la diferencia incluso encontre un fallo que asi lo diferencia..

un saludo y gracias por la pronta respeusta y opiniones de este tema de vivir bajo el mismo techo y no cohabitar..........
 #436909  por DAL
 
Doncella_de_Orleans escribió:
DAL escribió:Juaz!!!!
Si!!
Un año despues tuvo un accidente terrible, subiendo a un puente tipo rulo de acceso a autopista, inexplicablmente se cayo (bueno, inexplicablemente para cualquiera que no lo conozca, para los demás, la explicacion de por que se cayo con auto y todo es OBVIA) con auto y todo, varios metros abajo, el auto se clavó de punta, el tipo se rompio todos los huesos de la clavicula (incluida) para abajo, dos piernas, varias costillas, cadera, un brazo, estuvo en coma 40 días, Y NO SE MURIO!!!!! bicho malo . . . . . Cuatro meses de internación, pensamos que obrarían el milagro. Al termino salio bastante más humano, ya no despliega los actos que fundaron la violencia. Un caso terrible fue, un día le prendio fuego a la casa de los padres de la mujer, tirando bombas tipo molotov, pero en pedo . . . suponemos que se tomó la mitad del alcohol, y estaba tan en pedo que las estrellaba contra las plantas del frente, no llegaba a la ventana. Un día mi cliente se levanta y ve su casa rodeada por la policía, tipo pelicula. El tipo venía, super en pedo, en colectivo desde otra localidad hacia donde viviá la mujer, y todo el viaje vino gritando que iba a matar a la mujer, que le iba a prender fuego a la casa, que iba a matar a las hijas. Claro que iba un policía en el mismo micro y la directora de la escuela. Nadie le dijo nada en todo el viaje pero la directora y el policía alertaron a la policía del pueblo, pidieron refuerzos a Rosario, rodearon la casa, la escuela, y lo esperaron al señor en la parada del micro, con los brazos abiertos, y un auto particular con sirena . . . a la cana, 10 días. Se imaginan la cara de mi cliente que no se enteró de nada . . . se levanta, corre la cortina, mira por la ventana y tenía 20 efectivos rodeando la casa!!!! (el tipo ya tenía prohibición de acercamiento).
A mi nunca me toca uno sencillito, facilongo, con tres o cuatro piñas nomás. Naaaaaaaaa, me tocan cada loco.


Igual, el convenio esta presentado en el expediente de divorcio, cuando yo vi que el tipo empezaba a remolonear, antes de la segunda audiencia, o mejor dicho en el medio de todas esas audiencias pospuestas, presenté el convenio a los efectos que se tenga presente lo acordado en éste. Asi que ya esta incluido el acuerdo en ese divorcio por presentanción conjunta que esta desistido.


Aca les pongo el acuerdo, asi me dicen si me sirve o no me sirve.

Los valores, en el 2004, sonaban más normales, sobre todo el inmueble. Ahora esta mas desfasado, igual es en un pueblo el tema donde los inmuebles valen casi nada, ojo con esto.

Mmmm, recién veo el post. Los acuerdos sobre adjudicación de bienes están sujetos (para su validez) al dictado de la sentencia de divorcio que es lo que disuelve la sociedad conyugal.
Por otro lado, los esposos no pueden atribuir el caracter de propios o gananciales a los bienes mientras está vigente la sociedad conyugal.
No asistir a la segunda audiencia de divorcio implica que queda sin efecto la petición de divorcio vincular, efecto mucho más evidente e indiscutible en el caso de que el cónyuge manifieste su intención de no divorciase. Entonces desistido el proceso, desaparece la posibilidad de acordar validez al acuerdo de adjudicación dado que la sociedad conyugal no se disuelve porque no hay sentencia de divorcio. Los cónyuges siguen casados. Y sigue vigente la sociedad conyugal, CUATRO años más. Ese acuerdo, a mi criterio, se transformaría en un acuerdo sobre el carácter de los bienes y su adjudicación ESTANDO vigente la sociedad conyugal, lo que está prohibido.
El problema en este caso es que la esposa compensó una diferencia con dinero en efectivo. Cuando se me presenta ese caso, acuerdo el pago en cuotas, la primera al día siguiente de celebrada la segunda audiencia si es que están apurados. Si no, una vez firma la sentencia.
Opino que el acuerdo no vale para el caso del 214 iniciado después. Pero si en él queda constancia del primero pago o del pago de la diferencia, ese dinero podría considerarse ya en poder del esposo por lo tanto la nueva liquidación no propondría una compensación atento a que el dinero ya le ha sido entregado con anterioridad (quiero creer que el dinero con que compensó la esposa era propio).

REcien veo el post Donce y creo lo mismo que vos!!!
Y este es re chanta, si ve una sombra de espacio para c--- lo va a hacer. Rspondo tu pregunta, el dinero de la esposa provino de un credito que sacó y pago durante tres años. Lo sacó en la misma entidad que entregó el cheque certificado con el que pagó el dinero, en eso digamos estamos documentados.
Ahora estamos en tramite para un divorcio por causal objetiva.

El martes viene una parejita que quiere lo mismo, meter el divorcio y el mismo día firmar un acuerdo similar. Ya me estoy agarrando la cabeza. Este tiene la ventaja que no hay plata, sino dos inmuebles, que se quedarian uno cada uno, así que en eso me deja más tranquila. Si insisten en firmar el acuerdo simultaneamente a la introducción del divorcio, les voy a exigir que ninguno venda hasta la sentencia, lo que va a ser complicado, porque ambos quieren vender su inmueble para comprar otro lo antes posible.
Vamos a ver como me arreglo-.
 #796068  por Pinaldinho
 
Me meto en el tema para preguntar algo sobre el 214 inc 2. es mi primier divorcio y queria consultar algunas dudas.

Resulta que me vino una clienta porque quiere iniciar el divorcio.
La cuestion es que hace ma de 5 años que no viven juntos, tienen 3 hijos y no hay bienes. Digamos que el tipo se fue de un dia para el otro, la insultaba, agredia psicologicamente, etc. Por ultimo cuando se fue, durante mucho tiempo no le pasaba nada en concepto de alimentos. Vale aclarar que el conyuge no le quiere dar el divorcio

Mi pregunta es, teniendo en cuenta la situacion me conviene presentar divorcio por injurias graves o por el 214 inc 2? Destaco que ya habia terminado por injurias graves y un compañero me hizo entrar en duda.

Saludos y Muchas Gracias
 #821209  por mirta79
 
HOLA DONCELLA, TE CONSULTO:MI IDEA ES PRESENTAR EL ACUERDO SOBRE LA DIVISION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL VIA INCIDENTAL EN EL EXPTE DE DIVORCIO..

LA PREGUNTA ES: UNA VEZ HOMOLOGADO EL ACUERDO DE PARTICION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, ESTE ACUERDO HOMOLOGADO ES DOCUMENTO SUFICIENTE PARA INSCRIBIR LOS BIENES A NOMBRE DE CADA UNO DE LOS EX CONYUGES EN LOS REGISTROS RESPECTIVOS O HAY Q HACER ESCRITURA PUBLICA POR MEDIO DE ESCRIBANO????...
  • 1
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8