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  • Acción Civil en Sede Laboral?

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 #552808  por facundo8
 
Hola a todos colegas!! Soy nuevo en este portal, espero que me ayuden con lo que les voy a consultar.
Caso:

Un trabajador cayó a un foso de la empresa donde trabajaba. El lugar no estaba iluminado ni el foso tapado, como consecuencia de ello esta persona se sacó el brazo de lugar y tuvo que ser sometido a una operación. Como no estaba registrado la ART no se hizo cargo. Los gastos médicos corrieron por su cuenta y a los pocos meses lo despidieron. Pregunta: ¿ Se puede pedir daños y perjuicios por el derecho común (Civil) ? Y en ese caso ¿Se debe hacer una presentación autónoma o debe hacerse en sede laboral ?

Desde ya muchas gracias . Facundo.
 #552900  por pepecurdele
 
es competente la justicia del trabajo.
 #552963  por agentil
 
Hace todo junto y en la parte de riesgos del trabajo pedi las prestaciones de la LRT y al empleador la reparación integral. Esto porque si el empleador llega a ser insolvente y no lo pediste así, te quedas sin nada, en cambio de la otra forma x lo menos el fonde de garantia te paga las prestaciones de la ley y no te quedas con las manos vacias, saludos!!!