Hay por lo menos dos tomos de Tratados de Derecho Administrativo para contestar su pregunta
Comencemos diciendo que el reglamento administrativo es una clase o categoría de acto administrativo.
Si no fue publicado en el Boletín Oficial no puede darse por conocido, lo mismo que las leyes;
salvo que el magistrado haya sido notificado de dicho acto/reglamento.
Si partimos de la hipótesis que se trata de un acto administrativo escrito, forma parte del ordenamiento jurídico y puede ser probado por todos los medios que las normas admiten como prueba documental.