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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #553326  por lupelupe
 
Les hago una pregunta, la relacion ceso en junio de 2008, si se envia un telegrama antes de junio, se suspende el plazo de prescricpion, no?. Si alguien sabe de que ley surge esto. Porque yo tenog entendido que si, pero un abogado me dijo que no interrumpia. Asi que me perdi! Gracias
 #553359  por bogatavo
 
Hola, 2º párrafo art. 3986 CC, y es cierto no interrumpe, suspende. El telegrama debe contener una manifestación inequívoca del trabajador de mantener vivo su derecho. Al efectuar la intimación (interpelación) fijate de exponer todos los rubros reclamados y períodos en su caso.
Espero te sirva, saludos.
 #553444  por pepecurdele
 
porque no inicias el seclo o la demanda?
 #553462  por elnegociador
 
SI ESTAS EN CAPITAL HACE SECLO, QUE TE SUSPENDE LA PRESCRIPCION POR 6 MESES, EN PCIA LA CUESTION ESTA DISCUTIDA PERO ALGUNOS TRIBUNALES ENTIENDEN QUE EL INICIO DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO TAMBIEN LA INTERRUMPE POR EL MISMO PLAZO, Y DE ULTIMA COMO EL COLEGA PREOPINANTE PERO (LA SUSPENDE ) EXITOS *desp*