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  • demanda-allanamiento, puede ser el mismo abogado?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #553628  por vir121
 
Buenas!!
Soy nueva en el foro. Esta es mi primer consulta. Tengo una duda y me pareció interesante esta propuesta.
El consultorio Juridico gratuito del Colegio de Abogados me asignó un caso: un incidente de cese de cuota alimentaria que pasan unos abuelos. En etapa previa la madre no se presentó. Se le corrió traslado de la demanda y no se presentó. Solicité sentencia. El juez me dijo que "Advirtiendo que .... y ... han arribado a la mayoria de edad deberá integrarse con éstos la litis. En virtu de ello, del escrito de demanda, traslado por el término de 5 días..." Son 4 hijos, dos mayores de 21 años (al momento de iniciar el incidente), y los otros 2 (a los que le corre el traslado el juez), tiene 20 y 18 años (es decir, son mayores de edad, pero conservan el derecho alimentario).
Bien, mi pregunta es: puedo presentarme yo con los dos chicos, notificandome de la demanda, allanandome y solicitando el cese de la cuota alimentaria?? (mismo abogado)
Espero haber sido clara en el planteo.
Gracias!!! *flor*
 #553633  por diegogvillamayor
 
es decir que vos representas a la actora y te queres presentar con los demandados a allanarte????????????????????????????????????
creo que la respuesta es clara.

saludos.
 #553726  por federic0
 
vir121 escribió:Buenas!!
Soy nueva en el foro. Esta es mi primer consulta. Tengo una duda y me pareció interesante esta propuesta.
El consultorio Juridico gratuito del Colegio de Abogados me asignó un caso: un incidente de cese de cuota alimentaria que pasan unos abuelos. En etapa previa la madre no se presentó. Se le corrió traslado de la demanda y no se presentó. Solicité sentencia. El juez me dijo que "Advirtiendo que .... y ... han arribado a la mayoria de edad deberá integrarse con éstos la litis. En virtu de ello, del escrito de demanda, traslado por el término de 5 días..." Son 4 hijos, dos mayores de 21 años (al momento de iniciar el incidente), y los otros 2 (a los que le corre el traslado el juez), tiene 20 y 18 años (es decir, son mayores de edad, pero conservan el derecho alimentario).
Bien, mi pregunta es: puedo presentarme yo con los dos chicos, notificandome de la demanda, allanandome y solicitando el cese de la cuota alimentaria?? (mismo abogado)
Espero haber sido clara en el planteo.
Gracias!!! *flor*
Si tenés ganas de que te sancione el tribunal de disciplina del colegio de abogados hacelo, les vas a dar un buen motivo...
 #553782  por vir121
 
ok, me quedó claro. Se que no puedo presentar demanda por un lado y allanarme por el otro, pero pense que atento las particularidades del caso... algo se podia hacer. Voy a decirle a alguien que me haga el favor.
Gracias a todos por aclarame mi momento de duda.