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  • SE PIDE INTEGRACION DEL MES CUANDO TE IMPIDEN EL INGRESO?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #554146  por libertador
 
Estimados, a mi cliente le impideron el ingreso a la empresa un día 30 de enero. A partir de dicho instante no concurre más a trabajar atento a que se lo impiden constantemente. Luego del intercambio telegráfico, se considera despedido en junio, un día 13.

Se debe pedir integración del mes de despido?

Se deben pedir los salarios caídos?

AYUDAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA, QUE TENGO QUE PRESENTAR LA DEMANDA ESTE LUNES Y ME FALTA ACLARAR ESA DUDA.
 #554156  por lgaston
 
Hola Libertador. El empleado pone a disposición del empleador su fuerza de trabajo hasta el momento del distracto, nada cambia si ingreso o no. Tenes que pedir los salarios adeudados y la integración. ¿Lo mencionaste en los TCL?
 #554211  por libertador
 
Entonces MORGAN, de acuerdo a lo que me decís, puedo pedir la integración? Se pueden pedir los salarios caídos hasta la fecha de despido? Lo coloco como rubro "salarios caídos" o tiene otro nombre?

Corresponden también las diferencias salariales, ya que le pagaban menos de lo que le figuraba en el recibo?

Aunque no lo haya mencionado en el telegrama?

Alguna vez te hicieron lugar a cosas que no mencionaste en el intercambio?
 #554218  por MORGAN
 
A todo lo que preguntás, sí. Salvo lo del nombre de los rubros aca te pego una liquidación simple si te sirve de guía.

Categoría: Auxiliar "A" - CCT 130/75.
Ingreso: 18/03/2008 - Despido: 04/11/2008 - Antiguedad 7 meses y 22 días - Sueldo: convenido $1.500.- más $400 por adicional producción, más presentismo adeudado $125.- Total sueldo devengado por cada mes $ 2.025.-
Horas extraordinarias adeudadas:
Remuneración devengada: $2.025
Valor hora: 2.025 / 200 = 10,13
Valor hora extra al 50 % = 10,13 x 1,5 = 15,19
Valor hora extra al 100 % = 10,13 x 2 = 20,26
Laboró 1 hora extra al 50% por cada día, de lunes a viernes, desde el ingreso, que suma 144 horas al 50 % = 144 x 15,19 = $ 2.187,36.-
Más media hora extra al 50 % por cada sábado que suma 15 horas al 50 % = 15 x 15,19 = $ 227,85.-
Más 6 y ½ horas extras al 100 % por cada sábado desde el ingreso que suma 195 horas al 100 % = 195 x 20,26 = $ 3.950,70.-
Más 10 horas extras al 100 % correspondientes a cada uno de los 7 feriados trabajados en las siguientes fechas: 20 marzo/08; 21 de marzo/08; 24 de marzo/08; 2 de abril/08; 16 de junio/08; 9 de julio/08 y 18 de agosto/08, que suma 70 horas al 100 % = 70 x 20,26 = $ 1.418,20.-
Lo que totaliza la suma de $ 7.784,10.- correspondiente a horas extraordinarias trabajadas y no abonadas.
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Sueldo mes 10/08...........................................................$ 2.025,00.-
Salarios por 4 días mes 11/08............................................$ 270,00.-
Presentismo adeudado......................................................$ 966,65.-
Integración mes despido más SAC......................................$ 1.901,25.-
Preaviso más SAC............................................................$ 2.193,75.-
Indemn. Antiguedad.........................................................$ 2.025,00.-
SAC año 2008.................................................................$ 1.302,65.-
Vacac. no gozadas............................................................$ 739,50.-
Art. 8 Ley 24.013............................................................$ 6.075,00.-
Art. 15 Ley 24.013..........................................................$ 6.120,00.-
Horas extras adeudadas..................................................$ 7.784,10.-
Art. 2 ley 25.323............................................................$ 2.902,50.-
Art. 80 LCT....................................................................$ 6.075,00.-
TOTAL.......................................................................$ 40.380,40.-
 #554235  por libertador
 
Muchas Gracias MORGAN!! Y de tu liquidación me surge una pregunta en relación al tema horas extras:

Mi cliente trabajaba en un boliche. Viernes, sábados, domingos y feriados de 18 a 7 hs, como se calculan las horas extras en ese caso en el que la fórmula no sería la que utilizaste en la liquidación que me enviaste?
 #555517  por lgaston
 
Te recomiendo que te pongas al tanto de la convención que rige la actividad. Te paso la que tengo yo, fijate si esta actualizada (CCT Nº 313/75 exp. nº 579864/75) espero que aclare tus dudas.
Saludos