Buen dia a todos.. mi consulta es la siguiente.. me fijaron honorarios para el perito tasador que determinó el valor locativo de un inmueble... Como es un proceso no suceptible de apreciación pecuniaria, deberian fijarse conforme el trabajo del perito, es decir, creo q en principio no hay pautas objetivas. Es cierto eso? En ese caso, alguno conoce jurisprudencia q me oriente para saber si es factible apelar por altos esos honorarios ?? Es de pcia de Bs As. Gracias!!
Tal vez tomaron cómo base regulatoria de honorarios,el valor del cánon locativo.
¿Qué dice la sentencia en concreto?,esto es ¿Qué criterio aplicó el juez para regular?
Y los honorarios,siempre se pueden apelar (por altos o bajos).