Colegas, en un incidente de alimentos, en trámite ante un juzgado de Paz letrado, se corre traslado de ley, por 5 días ( cabe precisar que en este juzgado los juicios de alimentos tramitan, como un juicio sumario y/o sumarísimo, con la salvedad de la celebración de la audiencia de conciliación). Pregunto: suspende el plazo para contestar demanda, la celebración de la audiencia, sinó se arribó a alguna conciliación en la misma??
Para mí no, (salvo que hubiere habido conciliación, por entrar a jugar otros principios procesales).
Es que el demandado aun no contestó demanda, y ya pasaron los 5 días, de que se celebró la audiencia y no hubo conciliación. Saludos
Para mí no, (salvo que hubiere habido conciliación, por entrar a jugar otros principios procesales).
Es que el demandado aun no contestó demanda, y ya pasaron los 5 días, de que se celebró la audiencia y no hubo conciliación. Saludos