Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SAQUENME DE UNA DUDA

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #553881  por Claudialo
 
Colegas, en un incidente de alimentos, en trámite ante un juzgado de Paz letrado, se corre traslado de ley, por 5 días ( cabe precisar que en este juzgado los juicios de alimentos tramitan, como un juicio sumario y/o sumarísimo, con la salvedad de la celebración de la audiencia de conciliación). Pregunto: suspende el plazo para contestar demanda, la celebración de la audiencia, sinó se arribó a alguna conciliación en la misma??

Para mí no, (salvo que hubiere habido conciliación, por entrar a jugar otros principios procesales).

Es que el demandado aun no contestó demanda, y ya pasaron los 5 días, de que se celebró la audiencia y no hubo conciliación. Saludos :P
 #553882  por Claudialo
 
Perdón, me equivoqué, ya transcurrieron 5 días del traslado y en el medio se celebró la audiencia, sin arribar a la conciliación, por un capricho del demandado.-Encima estábamos abiertos a negociar.-
 #554781  por Lions
 
El demandado puede contestar la demanda antes de la audiencia, presentar la contestación durante la audiencia, o no contestarla ahi se embroma el por supuesto. Estoy hablando de la audiencia judicial del Art 639 del Cgo proc civil y comer d la nación que es similar en las provincia... y no la de mediación. Fijate tambien el art 640 y siguientes con respecto al demandado.
 #554980  por Claudialo
 
Graicias LIons, es en Provincia. Es un proceso de naturaleza mixta, el que maneja el Juzgado de Paz letrad respecto de los juicios de alimentos.Ya que ordena las audiencias de ley, respecto del juicio de alimentos, pero, no concentra todo en la misma, sinó que tramita como un proceso sumario general. ES decir el demandado contesta demanda y demás. Saludos *flor*