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  • NO PAGA HONORARIOS!!!!!!!!

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #554780  por draclau
 
Hola !!! Les consulto lo siguiente porque nunca me ha pasado(siempre hay 1º vez!!!).
En un desalojo, voy por la demandada (locataria) se allano en la audiencia de conciliacion, acordamos fecha para q deje el inmueble.Se regularon los honorarios , con la transcripcion del art 54 en el acta .Quedamos todos notificados.Dejö la vivienda pero no paga los aportes de los letrados, a los efectos de que se le otorgue la tenencia a la propietaria y por supuesto no paga los honorarios. Cansadas de llamarla, tanto la otra letrada como Yo, la misma propietaria se ha hecho cargo de los aportes de ambas; pero de los honorarios ...ni noticias!!! Como debo proceder?? Lo manifiesto en el mismo expediente o debo iniciar incidente d eejecucion???Gracias por su ayudita!!!
 #554783  por chiqui79
 
el juicio es en provincia??? fijate que hay un articulo de la ley 8904 que dispone que las tareas desarrolladas en favor de una parte se pueden cobrar a esta por mas que no haya sido condenada en costas. ARTICULO 58°: La regulación judicial firme constituirá título ejecutivo contra el condenado en costas y solidariamente contra el beneficiario del trabajo profesional. La ejecución se sustanciará en incidente separado o, a opción del letrado, por el procedimiento de ejecución de sentencia en el mismo juicio en que se hayan regulado los honorarios.
Estará exenta del pago de todo gravamen fiscal, la ejecución de honorarios profesionales, sin perjuicio de incluirse en la liquidación definitiva a cargo del deudor.

para ello debes notificar a ambas partes con transcripcion del 54.
suerte!!!
 #555559  por chiqui79
 
de nada!!! que no paguen los honorarios me exaspera!!! total nosotros vivimos del aire. que verguenza.
 #556613  por Manyapapele
 
..por eso es bueno siempre hacer un convenio con el cliente para cobrarle a el, directo, y en su caso como en este donde se condena en costas a la demandada, perseguiras su cobro, tambien contra ella.
el locador que recupero el inmueble deberia pagar.. que no se haga el oso..ja :wink: