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  • QUIEN DEBE NOTIFICAR??

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 #555524  por VILMAG
 
Duda tonta de principiante, por favor si alguien me puede ayudar.
En un ejecutivo en el cual mi cliente (actor) fue condenado en costas presenté un escrito acreditando dicho deposito y la boleta. el proveído de juez dice: "Agréguese la boleta de depósito acompañada y hágase saber al interesado. Notifíquese" Duda: Yo debo notificar? de ser así: al domicilio constituído? la cedula la firmamos los 2 con mi cliente o solo yo? plazo?
a su vez vengo pidiendo el desglose de originales y no me lo conceden hasta tanto este saldadas todas als costas y la otra parte preste conformidad, pero resulta que apelaron honorarios por bajos, es frecuente esto?

gracias
 #555547  por sole10
 
VILMAG escribió:Duda tonta de principiante, por favor si alguien me puede ayudar.
En un ejecutivo en el cual mi cliente (actor) fue condenado en costas presenté un escrito acreditando dicho deposito y la boleta. el proveído de juez dice: "Agréguese la boleta de depósito acompañada y hágase saber al interesado. Notifíquese"
Duda: Yo debo notificar?
Sí.

de ser así: al domicilio constituído?
Sí.

la cedula la firmamos los 2 con mi cliente o solo yo?
.
La cédula la firma sólo el letrado
plazo?
Lo antes posible.

a su vez vengo pidiendo el desglose de originales y no me lo conceden hasta tanto este saldadas todas als costas y la otra parte preste conformidad, pero resulta que apelaron honorarios por bajos, es frecuente esto?
Sí,es bastante frecuente.
gracias
 #555598  por VILMAG
 
Gracias Sole!!!, lo unico que me restaria es esperar si el recurrente fundamenta la apelacion que le concedieron, y así estaría notificado sin necesidad de tener yo que diligenciar la ced, no?
 #555620  por sole10
 
VILMAG escribió:Gracias Sole!!!, lo unico que me restaria es esperar si el recurrente fundamenta la apelacion que le concedieron, y así estaría notificado sin necesidad de tener yo que diligenciar la ced, no?
Si el juicio tramita en Pcia.de Buenos Aires y el apelante recurrió solamente por honorarios bajos,tiene que haber fundamentado en ése escrito,posteriormente no se puede (éstas apelaciones se resuelven sin sustanciación).
Asi que yo te sugiero que lo notifiques para acelerar el recupero de documentación.
Saludos !!
 #555646  por VILMAG
 
Gracias Sole, me olvidé de aclara, es en Capital el juicio
 #555788  por sole10
 
VILMAG escribió:Gracias Sole, me olvidé de aclara, es en Capital el juicio
Ok;de igual modo,te diría que notifiques,pero es sólo una opinión.
Saludos !!