hola gente. Tengo un trabajador fallecido en junio 2009. Efectué en marzo de este año el reclamo vía cd por parte de una hija, del seguro de vida obligatorio del decreto 1567/74, o bien denuncien la compañía donde se gestionó la póliza. (era camionero). Pero, recibida la carta documento, (lo chequeé en la página del correo argentino), no fue contestada.
AHora bien: cuando prescribe el tiempo para accionar?. porque ahora ya es un crédito personal no es cierto?. sería 2 años a partir de la intimación???.
AHora bien: cuando prescribe el tiempo para accionar?. porque ahora ya es un crédito personal no es cierto?. sería 2 años a partir de la intimación???.
