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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #557064  por gero
 
Una consulta, en el tema de alimentos, siendo que el padre se encuentra en tucuman y el menor en capital federal ¿se puede pedir alimentos desde aca? disculpen la ignorancia pero nunca me plantearon un tema asi.-
Yo tengo entendido que debe plantearlo en tucuman, salvo que el padre sea representado con poder en bs as.-
 #557143  por cdiriarte
 
Si el niño está en BsAs y el padre en Tucumán, el juicio de alimentos debe iniciarse en el lugar de residencia del menor y citar al padre al juzgado que resulte competente y es él quien deberá extender mandato y constituir domicilio. Saludos.
 #557152  por draamuchastegui
 
Asi es. La ley que se aplica en materia de alimentos, es la de residencia del menor, y son tribunales competentes los de su residencia (menor) En caso de ser de distinta jurisdiccion a la del alimentante, yo entiendo que las notificaciones iran por Cedula Ley 22172, y no sera necesaria tramitar ante tribunales Federales.
 #557166  por Carop
 
Coincido!! También tené en cuenta que es posible notificar por carta documento a las audiencias preliminares o de conciliación.. ahora no recuerdo el artículo. Lo pedís expresamente y lo fundás.. En mi depto judicial en Familia siempre me lo otorgan y te facilita mucho las cosas cuando el padre reside lejos..
 #557235  por gero
 
Hola a todos, en realidad ya habia pedido audiencia en el ministerio de justicia para el mes proximo y desde donde lo notificarian a la misma, pero me surgio la duda para proseguir.- gracias por la ayuda.-

De manera que si el padre no se presenta a dicha audiencia, creo me desiganaran el juzgado que entienda en la causa para iniciar (pobre madre sola y sin trabajo, padre empleado del ejercito).-