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  • SUCESION CESION

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 #550548  por dardogerman
 
Hola espero contar con su ayuda, gracias.

tengo una sucesion iniciada por madre e hija, el unico bien que hay es un inmueble, que es propio del causante.
estoy en provincia de buenos aires, ya salio la declaratoria de herederos a favor de la madre e hija, resulta que la madre quiere ceder su parte del bien, a su hija.
mi pregunta es si se puede hacer una cesion de derechos, pero evitar una escritura publica, debido a que no tienen mucha solvencia economica.
yo pensaba hacerlo por instrumento privado, se podra? espero sus respuestas, gracias
 #550648  por mgriffiths
 
Mirá lo que yo haría sería que una de las herederas ceda, en la sucesión, su parte ideal y que ello quede homologado por el juez y listo. Yo lo hice pero en el escrito de promoción del juicio. De todas maneras lo mejor es hablar con el secretario/a para que te diga su opinión respecto de lo que querés hacer.
 #550931  por BRENDITA
 
no sé como será en BS. AS. pero en sta. fe esa cesión no se permite en instrumento privado sino en escritura pública. Vos decís q ya hay D.H., en sta. fe te permiten hacer cesión siempre q esa D.H. no esté inscripta xq el registro considera q una vez inscripta hay condominio y x lo tanto ya no se puede ceder sino solamente vender o donar.
 #551282  por vic
 
Por lo menos el codigo civil dice expresament que las cesiones de derecho y acciones hereditarias son por escritura. No es muy cara si la comparas con una posterior donación que seria este caso. Saludos
 #554659  por gabriela78
 
Entiendo q debe hacerse por escritura publica, averigua xq si el bien es lo unico que hay en el acervo hereditario q la madre ceda los derechos hereditarios q no es lo mismo q ceda un determinado bien q ahi si es mas caro xq se tiene en cuenta la valuacion del bien, etc. yo te aconsejo q averigues cuanto sale la cesion y dale a elegir a tu cliente, consulta a un escribano y dile q tu clienta quiere ceder los derechos hereditarios (unico bien), para no complicarte tanto, saludos.-
 #554883  por BRENDITA
 
gabriela78 escribió:Entiendo q debe hacerse por escritura publica, averigua xq si el bien es lo unico que hay en el acervo hereditario q la madre ceda los derechos hereditarios q no es lo mismo q ceda un determinado bien q ahi si es mas caro xq se tiene en cuenta la valuacion del bien, etc. yo te aconsejo q averigues cuanto sale la cesion y dale a elegir a tu cliente, consulta a un escribano y dile q tu clienta quiere ceder los derechos hereditarios (unico bien), para no complicarte tanto, saludos.-

aunque se trate de cesión de DH. igual el escribano tiene en cta. la valuación de los bienes, tal es asi, q en la escritura de cesión ponen el nº de partida del inmobiliario y la valuación del mismo, pregunté xq era eso si se trataba de ceder una universalidad y no determinado bien, y me dijeron q igual se aclaraba eso x el tema de la valuac.. saludos
 #556776  por vic
 
No brenda, si es general en la escritura no ponemos nada sobre ningun inmueble, solo se ceden los derechos hereditarios en tal sucesion. Estas en C.A.B.A.?
 #557074  por BRENDITA
 
vic escribió:No brenda, si es general en la escritura no ponemos nada sobre ningun inmueble, solo se ceden los derechos hereditarios en tal sucesion. Estas en C.A.B.A.?

Bueno, entonces las escrituras se hacen de distinta manera de acuerdo a la prov., yo hice una sucesión con cesión de D.H. y en la escritura consta lo q te comenté pero no lo hacen para determinar los bienes sino x el tema de los honorarios de los escribanos (esto lo explicó la profesora de escribania), x eso aclaro q esto es en sta. fe, puede ser q en otras prov. se manejen de otra manera, saludos