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  • Alimentos en Div Presentacion Conjunta

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #557071  por celso
 
Mi interrogante es el siguiente Puedo en un div por presentacion conjunta establecer en el convenio de regimen de visitas y alimentos, estos ultimos para la esposa, en realidad ella se quiere divorciar el tiene 70 pero al no atribuirse culpabilidad la unica forma de poder solicitar alimentos el dia de manana es que el este pasando alimentos y asi poder decir que ella dependia economicamente del ex marido podria articularlo diciendo que el aporta como cuota alimentaria para ella y sus dos hijos el 40% de su jubilacion ud como lo ven? gracias
 #557239  por Carop
 
Hola.. Yo jamás vi esto que mencionás.. porq los alimentos en el divoricio corresponden para el cónyuge inocente, eso creo al menos.
Y al divorciarse de común acuerdo cesa la obligación alimentaria entre los ex... Por ahí podrías plantearlo en un Convenio de Disolución de sociedad conyugal q él se obliga a pasarle a su mujer x en concepto de compensación por los bienes..
No se... esperemos otras opiniones..
 #557245  por sole10
 
Si el Sr.quiere convenir una cuota alimentaria a favor de su ex esposa ¿Cual es el inconveniente?
Legalmente no está obligado pero nada se lo impide,si quiere hacerlo.
 #557276  por Carop
 
Si es cierto.. Eso es lo q mas me gusta del foro, me abre la cabeza y siempre aprendoooo!! *leo*
Después contame como te fue..
Saludos!
 #557438  por eduferry
 
Celso: si hablamos de div. por presentación conjunta estamos en un caso del art. 215 y conforme lo normado por el 236 C.C., en su punto 3º establece que la demanda conjunta podrá contener acuerdos sobre " Regimen de alimentos para los cónyuges e hijos menores o incapaces incluyendo los modos de actualización".
El juez en la sentencia de divorcio homologa estos acuerdos.
Esta sentencia no declara culpabilidad y los alimentos derivados del matrimonio lo puede pedir mientras subsista en vínculo porque una vez decretado el divorcio no es cónyuge, no tiene título alguno para reclamar alimentos.
Si en cambio han pedido divorcio por el art. 214 inc. 2º en un escrito por presentación conjunta - mal llamado así porque es demanda y contestación conjunta - la sentencia no declara culpabilidad pero se entiende que ambos con culpables. De todas formas por lo general se adjuntan los acuerdos de alimentos y bienes para su homologación, pero siempre antes de la sentencia, luego es tarde. Suerte